Hará como 20 años alquilamos un piso, durante los primeros años se pagaba el alquiler del piso pero llego un día en que la persona que nos arrendo la casa fallecio. Paso bastante tiempo que estuvimos sin pagar el alquiler ya que nadie reclamaba nada y también se junto que los inquilinos (nosotros) nos quedamos sin trabajo.
Cuando nos recuperamos economicamente contactamos con un heredero familiar de la fallecida, pero esta persona se desentiende totalmente del piso y no quiere saber absolutamente nada.
Debido al paso del tiempo y a la dejadez de nosotros las cuotas de comunidad se fueran sumando mes a mes, entonces la comunidad de propietarios demando a la fallecida y herederos. Debido a esto el juzgado dicta el que piso tiene que salir a subasta para pagar la comunidad, ya que es bastante dinero el que se debe.
El problema viene que el juzgado no sabe nada de nuestra existencia en la casa y cuando fuimos a los juzgados nos piden el contrato de alquiler de la casa.
Después de esto me planteo unas dudas que si sois tan amables me podriais responder.
Tengo entendido que al ser inquilinos tenemos prioridad en la comprar
¿podemos tener prioridad al comprar el piso aunque el contrato de alquiler no se renovara desde que se hizo hace 20 años?
¿se tendrá que pagar el precio que ha dictado el juzgado o podemos llegar a ser propietarios pagan las cuotas que se deben de la comunidad solamente?
¿Se paralizara las subasta o nos dará un plazo para pagar la totalidad del piso?
En caso de desahucio que tiempo tenemos una vez se compre el piso para desalojarlo?
Cualquier comentario que me pueda ayudar os lo agradecería