Hola,tengo una plaza de garaje en un edificio,la tengo alquilada con contrato por mes,el cual esta prorrogados segun los términos previstos por los artículos 1566 y 1581 del Código Civil.
En dicho contrato no se menciona el subarriendo,solamente se aplicaran las normas del arredamiento del Codigo Civil.
Mi pregunta es,esta plaza esta subarrendada,¿puedo extinguir contrato inicial (que es mensual) y dejar la plaza vacante.
Saludos
Si el contrato se va renovando mensualmente basta con que notifiques su finalización al arrendatario. Da igual que esté subarrendada, ya que el subarriendo finalizará a la vez que el arrendamiento.