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Subarriendo

3 Comentarios
 
perfil Jan
05/03/2010 11:31
Hola pretendiente. No se merecen. Ha sido un placer poder orientarle.

Reciba un cordial saludo
05/03/2010 10:56
Muchas gracias Jan.

Un saludo.
perfil Jan
04/03/2010 17:30
Hola pretendiente. Al NO haberse especificado NADA en el contrato debe aplicarse el art 20 LAU 1964, que exige consetimiento escrito del Arrendador.

Reciba un cordial saludo
Subarriendo
03/03/2010 17:00
Hola,

Alguien sabría confirmarme si un contrato de arrendamieno de local suscrito en el año 1980, en papel timbrado se puede subarrendar si no especifica nada?.

Gracias