Usted no puede subarrendar por más tiempo del que, a su vez, ha arrendado. Por lo tanto, el subarriendo se extingue cuando se extingue el arrendamiento. Debe usted comunicar al subarrendatario la extinción del subarriendo por expiración del plazo , a su vez, del arrendamiento, tal y como se supone que se acordó, aunque fuese verbalmente. Si su subarrendatario se niega alegando que pactó por más tiempo con usted, fuera del plazo del arrendamiento, el problema que va a tener es el de prueba y le va a dejar un problemilla al dueño quien, a su vez, podría intentar repetir contra usted los gastos derivados del desahucio del subarrendatario. A no ser, claro, que hable usted con el dueño y le proponga, si es que el subarrendatario quiere seguir y el dueño está de acuerdo, que el subarrendatario pase a ser arrendatario previa negociación de nuevo contrato.
Se me acaba el contrato de arrendamiento de local en noviembre, y no tengo intención de renovarlo (soy el inquilino). El problema es que yo subarrendé una parte del local a otro chico, con consentimiento del propietario. Si yo tengo intención de resolver el contrato, ¿qué hago con el subarriendo, como resuelvo el contrato verbal con ese chico? Gracias