Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

subarriendo y reconocimiento de deuda

3 Comentarios
 
24/11/2011 23:03
Muchísimas gracias akiles. Lo haré así y así se lo haré saber a mi familiar.
Muchísimas gracias de verdad.
Saludos desde Mallorca.
24/11/2011 15:09
hola, por los términos que expones parece que en la práctica la subarrendataria tiene de plazo para pagar hasta el 31/07/2014. A falta de leer con cuidado otros pactos posibles del contrato (que imposibilitaran la prórroga, por ejemplo), no podrías presentar una reclamación judicial hasta dicha fecha. Pero nada te impide recordarle por escrito sus obligaciones e instarle a que te proponga un plan de pagos para evitar que se le acumule la deuda para el último momento. Es decir, tratar de negociar que vaya avanzando pagos, ¿quizá proponiéndole una reducción de la suma debida? eso ya depende del interés de tu cliente por acelerar el cobro. saludos,
23/11/2011 21:58
Por favor, alguien podría guiarme. Sé que las cláusulas del contrato son bastante oscuras pero pensáis que es mejor esperar hasta el 31 de julio de 2014 para interponer dda. por reclamación de cantidad? Porfa, una ayuda
Subarriendo y reconocimiento de deuda
22/11/2011 16:21
Buenas tardes, soy una abogada supernovata y este puede que sea mi primer caso y para más inri es de un familiar. El caso es el siguiente, un familiar mío subarrienda un local, un bar, exigiendo como traspaso 45.000€. De esos, la nueva arrendataria le entregó a mi familiar 30.000€ y por los 15.000€ pendientes firmaron un reconocimiento de deuda y, aquí viene el problema. Mi familiar sólo ha cobrado unos 900€ y, en dicho contrato, por así llamarlo, obliga a la nueva arrendataria a devolver dicha suma 15.000, en el plazo de 3 años,( que cumplió el 31/07/2011) pero también según dicho contrato,el plazo puede ser prorrogable por otros tres años más, supongo porque por esas fechas mi familiar y la nueva arrendataria se llevaban muy bien y sería para darle mayor margen para pagarle( es decir, hasta 31/07/2014)
Los pagos podían ser consecutivos, de cuantía variable o bien en el día del vencimiento,(31/07/2011 o 31/07/2014), en ésta última fecha, la totalidad de la cantidad adeudada, o la cantidad que resultare pendiente.
Ante esto, y como podeis ver, creo a mi entender está bastante mal redactado pero bueno, que haríais, porque puede admitir varias interpretaciones y no quiero meter la mata y menos siendo un familiar. ¿Qué harías? enviar varios burofax invitándole a pagar, pero claro según como se interprete dicho contrato, tiene tiempo de pagar hasta el 31/07/2014 . De verdad, estoy muy perdida. De antemano os doy las gracias