Hola davidmarti. No es nada inusual que en los contratos de esa época no figurase la duración pactada o constase como tal la palabra "indefinido". Por lo tanto la duración, aplicando las reglas del Código Civil, será anual, mensual o diaria en función de si la renta se fijó de forma anual, mensual o diaria.
De todas formas, independientemente de la duración pactada, los contratos anteriores al 9-5-1985 están sujetos a la prórroga forzosa del art 57 LAU 1964.
Hola Tintili, que quieres decir con que no existen?. Tiene un contrato de hace 40 años de los que vendían en los estancos hecho por el y firmado por la propietaria (ahora ya muerta) y está puesto en la escritura de la casa com persona que tiene el contrato indefinido. Si saber alguna cosa más, agradecería me lo dijeras.
Muchas gracias
Hola davidmarti. Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato,la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.
Hola, mi padre me quiere subarrendar un local (bar). El está jubilado y tiene contrato indefinido. La pregunta es si se puede hacer comunicando a los propietarios el hecho un tiempo despues (un mes) o tienen que estar delante. Esto pasa en Catalunya. Muchas gracias.