Estimado Keni, el interdicto de recobrar la posesión supone un procedimiento de caracter sumario para poner al legitimo propietario en posesión del bien que otro posee sin derecho a ello. Has de tener en cuenta que solo es posible interponerlo si ha pasado menos de 1 año desde que se produce dicha perturbación.
De todas formas, tb te recomiendo y quizas incluso seria mas viable esta segunda opción, iniciar un procedimiento de desahucio por precario, es decir, cuando el inquilino no posee titulo alguno que legitime la posesión que tiene del bien, en este caso, de la vivienda.
Ambos procedimientos se inician mediante demanda por lo que necesitaras en este caso de la intervención de Abogado.
En cuanto a dar de baja la luz y el agua, no te lo aconsejo porq el actual ocupante puede interponer una denuncia por un posible delito de coacciones.
Un saludo.
Muchísimas gracias, Alberto Julio, por tu respuesta. Perdona la ignorancia, pero ¿qué es exactamente un interdicto? ¿es una denuncia? ¿puedo hacerla yo? ¿o tengo que ir a un abogado?
También había pensado en dar de baja luz y agua, aunque están a nombre de la anterior arrendataria. ¿puede hacerse? (Ella tampoco ha pagado esos recibos)
Estimado Keni, bajo mi punto de vista podrias interponer un interdicto para recobrar la posesión, basándote no solo en la existencia de ese Subarriendo inconsentido por tu parte sino ademas, en la inexistencia de titulo alguno que legitime la posesión actual de esa persona. En cuanto a la cantidad que el antiguo arrendatario te debe creo que podrias demandarlo en el mismo procedimiento para reclamarle lo que te debe, aq este extremo habria que estudiarlo mas detenidamente.En cuanto a si puedes sacar sus cosas de la vivienda y cambiar la cerradura, no te lo recomiendo porque podria denunciarte por un delito de coacciones.
Un saludo.
Hola a tod@s. Mi problema es el siguiente: Alquilé un piso a una persona que hace unos dos meses que no vive en él, cosa que no me comunicó. Ella se ha ido a vivir a otro piso y el mío lo ha realquilado. Hace un par de días ella recogió las cosas que le quedaban en el piso y me entregó la llave, pero el subarrendatario no quiere irse. Yo no he recibido ningún pago por parte del subarrendatario ni tampoco de parte de la arrendataria (que me debe los tres últimos meses).
Imagino que puesto que la arrendataria inicial me ha entregado la llave el contrato con ella ha finalizado. Pero ¿como puedo sacar del piso al subarrendatario? Yo no le he alquilado el piso, pero él tiene su llave y sus cosas dentro.
¿Existe alguna fórmula legal para que abandone el piso? Puesto que ahora yo también tengo llave ¿puedo sacar sus cosas fuera y cambiar la cerradura?
¿Se convierte él en arrendatario mío por el hecho de estar dentro del piso aunque yo no se lo haya alquilado?
Por favor, si alguien pudiese contestarme, no sé que hacer y estoy bastante desesperada.