Por favor necesito ayuda y consejo, les cuento de forma rapida, al padre de mi marido quiere denunciarle por robo de un coche y una moto que estan a nombre del padre pero que son de mi marido pues el los pago (tenemos justificante de los pagos y de que siempre se pagaron los seguros en cuentas bancarias nuestras).
Por tanto lo que su padre quiere hacer es una denuncia falsa pero que consecuencias podria traerle esto a mi marido????? y todo esto viene porque su padre quiere que haga la transferencia del coche y de la moto y mi marido dice que no le da la gana de pagar las transferencias que si su padre quiere que lo cambie que lo pague el, ya que en su dia el coche y la moto se pusieron a nombre del padre por su empeño para que los seguros le salieran mas baratos, pero ahora nos sale con esto.
¿puede que llegue a haber un juicio por este motivo??? o cuando llamen a mi marido a declarar presentando los justificantes de los pagos ya seria suficiente para que se den cuenta de que es una falsa denuncia????
Por favor espero que alguien me ayude. Muchisimas gracias
Buenos días.
Si en los hechos no hay constancia de violencia o intimidación, pueden acogerse al artículo 268:
"1. Están exentos de responsabilidad criminal y sujetos únicamente a la civil los cónyuges que no estuvieren separados legalmente o de hecho o en proceso judicial de separación, divorcio o nulidad de su matrimonio y los ascendientes, descendientes y hermanos por naturaleza o por adopción, así como los afines en primer grado si viviesen juntos, por los delitos patrimoniales que se causaren entre sí, siempre que no concurra violencia o intimidación".
Una vez exhonerada la responsabilidad del acusado, éste podrá ejercer sus derechos y denunciar que se trata de una presunta denuncia falsa, aportando las pruebas que pueda.
Espero haberles ayudado,
Victor_Penal@indiciodigital.es
www.indiciodigital.es
gracias por su respuesta, pero no entiendo como es eso de acogerse al articulo 268????
por supuesto que no hay constancia de violencia o intimidacion el coche es de mi marido desde hace casi 13 años el lo pago, aunque este a nombre de su padre.
Usted que quiere decir que cuando le llamen a declarar se acoja a ese articulo y despues ponga mi marido una denuncia por ser una denuncia falsa????
muchisimas gracias
El artículo 268.1 deja sin responsabilidad penal en delitos patrimoniales (por ejemplo el robo o la apropiación indebida) cuando el autor es ascendiente o descendientes (padres e hijos) cuando no hay violencia o intimidación.
Dispone de más información en http://noticias.juridicas.com/articulos/55-Derecho Penal/201103-777253125852365.html
Una vez, cuando el juzgado archive la causa con su marido, pueden denunciar lo hechos como denuncia falsa.
Para cualquier aclaración,
Victor_Penal@indiciodigital.es
www.indiciodigital.es