Hola a todos/as: En una S.L. somos tres socios con el 33% cada uno. ninguno está dado de alta en SS.SS. mejor dicho 1 trabaja por cta. ajena a jornada completa en otra empresa, . tenemos una empleada a tiempo completo, y ahora uno de los dos empezaremos a trabajar en la S.L. posiblemente yo,y me quedare como administrador único, mi pregunta es: hay alguna posibilidad de darme de Alta en el Régimen General? no como Autónomo? Gracias
Lo veo un poco dificil y complicado el poder eludir el RETA, en el caso del Administrador Unico, en el resto de los socios de la Sociedad es mas factible ese hecho, es decir estar encuadrados dentro del Regimen General.
Gracias Manolo: Quieres decir que en vez de nombrarme Administrador solo soy socio trabajador "con poderes" y mi otro compañero lo nombramos Admtdor. (sin sueldo). yo podria estár en el régimen general?
Efectivamente, siempre y cuando tu participación en la sociedad no sea dominante, es decir puedas tener mas del 45 % y por supuesto no seas Administrador, podras estar encuadrado en el Regimen GRal.