Tras una IT por contingencia común de 24 meses, de los cuales la empresa no ha cotizado los últimos 6 meses pero siempre me han aplicado IRPF. Y después del alta la empresa no me aplica IRPF durante 5 meses. Ahora si.
Al hacer la declaración vía Internet ( que no he aceptado, voy mañana) me sale a pagar. He cobrado durante 2015 la cantidad de 14000 euros.
Entonces, es la SS ( desde 01 01-2015 hasta 29-04-2015) y la empresa ( desde 29-04-2015 hasta...Soy indefinido) dos pagadores?
Muchas gracias.
Un saludo
Si el segundo pagador (al haber sólo 2 como en su caso) supera los 1.500 euros, sí que está obligado.
En resumen: cobrando 14.000 de un sólo pagador no estaría obligado a hacerla. Al ser 2 pagadores, sí: como le sale a pagar es evidente que resulta vd. perjudicado por esta absurda norma. El motivo de la norma es que cuando se cobra de 2 o más sitios, la retención aplicada suele ser inferior a la que correspondería por el volumen anual de ingresos, ya que un pagador no sabe lo que se ha cobrado de los otros... como pasa en su caso, que la empresa le retiebne según lo que ella le va a pager durante el año, sin tener en cuenta el resto de ingresos que vd. haya tenido.