No existe contradicción . El 25.2 se rrefiere a causas invluntarias ( salvo lo que digan los estatutos) y el 98 a causas voluntarias ( salvo también , lo que digan los estatutos
¿El art. 25.2 de la ley de SRL se contradice con el art. 98? Este último no señala que se puede excluir al socio que incumple las prestaciones accesorias si lo previeron los estatutos,cuando así lo exige el art. 25.2