Se ha contraído una deuda menor en cuantía al capital de la empresa. Capital (terreno con hipoteca al banco) la hipoteca ha sido para la construcción de pisos que luego son vendidos a través del banco. Al banco aún se le sigue debiendo, pero ya no se puede vender los pisos porque se tiene una deuda a un tercero, por un monto inferior al valor de una departamento, se están en un proceso judicial y hay un embargo por la deuda (piden 4 departamentos como pago ) aunque la deuda es por el valor menor a un departamento.
De que manera puedo salvaguardar los departamentos para que no los embargen y solo dejar uno que es lo que correspondería . No puedo vender porque nadie quiere comprar departamentos con problemas judiciales.
qué formas existen para salvaguardar donde no intervenga dinero, ya que no se cuenta con dinero para realizar la compra venta ante notorio¿se podría dar en forma de herencia, a un tercero?.
Aparte la fecha en que se hizo el préstamo la gerente no era legalmente representante de la empresa, es decir no se aprobó en junta, cuando la empresa se entera del proceso judicial nombra otro gerente y que asume la representación legal y contesta como empresa en el proceso judicial aceptando que si se contrajo la deuda, pero q el monto que ellos pedían era exorbitante. Ahora se quiere presentar un doc que indica que la gerente no fue representante legal en esa fecha... O ya no se puede por el antecedente explicado. la fecha en que se hizo el préstamo y la fecha que designó como gerente a la persona que se presto el dinero, yo no me encontraba en ese país y no firme y soy socia de la empresa a un 50% es decir nunca firme su cargo, pero cuando hubo el problema y se nombrar al nuevo gerente si firme.
Qué soluciones, existen, si es que existen.
gracias por la respuesta
Un saludo
Gloria