Hola a todos
Quisiera que me aclarasen este auto, no estoy seguro si los 360euros es la tarifa final o es un adelanto de los 1200 euros. (por cierto es a petición mía, con lo cual los gastos corren solamente a mi cargo, la parte en la que dicen que los cargos corren a partes iguales es un error)
Y mi segunda pregunta es si alguien conoce el Centro de psicología Altea de Algeciras, que es el que me han asignado, para contarme que tal funcionan y sin son imparciales.
DECRETO
Letrado/a de la Administración de Justicia, Sr./a.: ---------------------------------------
En --------------------, a veintidós de enero de dos mil diecinueve.
ANTECEDENTES DE HECHO
ÚNICO.- Por la perito judicial designado en autos Dª.------------------------------ se
ha solicitado para la realización del dictamen una provisión de fondos de 1.200,00 euros
(IVA no incluido), sin que en la misma se aclare a que actuaciones corresponde dicha
provisión ni se justifican las distintas partidas con su precio correspondiente.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Dispone el artículo 342.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su
primer párrafo, que el perito designado podrá solicitar, en los tres días siguientes a su
nombramiento, la provisión de fondos que considere necesaria, que será a cuenta de la
liquidación final. El Letrado de la Administración de Justicia, mediante Decreto, decidirá
sobre la provisión solicitada y ordenará a la parte o partes que hubiesen propuesto la prueba
pericial y no tuviesen derecho a la asistencia jurídica gratuita, que procedan a abonar la
cantidad fijada en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones del tribunal, en el plazo de cinco
días.
SEGUNDO.- En el presente caso se observa que concurren los presupuestos
necesarios para acceder a una provisión de fondos pero se estima que la suma solicitada por
el perito judicial excede de la cantidad razonable, atendiendo al objeto de la pericial y a las
normas reguladoras de la profesión ejercida por el perito, por lo que procede fijar como
provisión de fondos la cantidad de 360,00 euros, correspondiente al 30% de la cantidad
solicitada y requerir a las partes para su consignación.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo fijar como provisión de fondos la cantidad de 360,00 €.
SE REQUIERE a las partes, para que en el plazo de 5 días ingrese en la Cuenta de
Depósitos y Consignaciones de este juzgado CADA UNA EL 50% de la cantidad fijada,
advirtiéndose de que si transcurre el plazo sin realizar el ingreso, el perito quedará eximido
de la obligación de emitir el dictamen y que no se procederá a un nuevo nombramiento.
La presente Resolución podrá ser recurrida en reposición en el plazo de cinco días
desde su notificación, ante la Letrada de la Administración de Justicia que la dicta.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA