Buen día. Soy Venezolana casada con un Ciudadano Italiano. Nuestro matrimonio fue hace año y medio en Miami y lo legalizamos en italia hace unos meses. Por cuestiones de viajes y otros compromisos no he podido solicitar el permesso di soggiorno, El cual me permitiría estar en italia por largo tiempo. El caso es que soy Médico y deseo homologar en España y aparte hacer un Magister allá. Tengo entendido que por ser mi esposo comunitario el puede pedir cambio de residencia a España y por consiguiente yo podría solicitar el NIE gracias a esto. El tema más importante de nuestra situación es que el es marino mercante y pasa en tierra firme menos de 6 meses al año, por lo cual el está preocupado por si tiene que pagar de igualmente impuestos como los paga en italia por ser ciudadano italiano, y quería saber cuáles son los pasos para poder hacer realidad nuestra mudanza a españa. Gracias!
- Inscribirse en el Padrón Municipal de Habitantes del ayuntamiento del municipio español donde se establezca ( empadronamiento).
- Solicitar el certificado de registro ( tarjeta verde de comunitarios) en la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía .
2.- Para que pueda obtener el certificado de registro debe acreditar que es trabajador por cuenta ajena o propia; familiar a cargo de otro ciudadano de la Unión residente en España; estudiante matriculado para cursar estudios de cualquier nivel en España o contar con recursos económicos propios suficientes y seguro médico.
3.- Cuando su cónyuge haya obtenido el certificado de registro ( tarjeta verde de comunitario), entonces usted podrá solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión ante la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia. Para hacerlo debe su cónyuge seguir cumpliendo con alguna de las condiciones antes enumeradas, necesaria para obtener el certificado de registro y estar ambos empadronados en la misma vivienda.
A usted le requerirán el certificado literal de matrimonio del Registro Civil italiano con una antigüedad no superior a 6 meses.
4.- Usted será considerada residente legal en España a partir de la fecha de inicio de efectos de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.
5.- Por supuesto que la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión permite residir y trabajar en España.
6.- En general, si tiene fuente de ingresos en España, tributará en España. Pero si solo reside en España y vive de recursos que proceden de otro país, no generará renta en España, con lo cual, no pagará IRPF aquí. Sin embargo, si por ejemplo, contratase algún producto financiero en España ( como los que suelen ofrecer los bancos, por ejemplo, depósitos a plazo fijo o fondos de inversión u otros productos de mayor complejidad), sobre lo que le genere ese producto sí pagará IRPF en España, porque es una renta, ganancia, utilidad o beneficio que habrá obtenido en España.