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soy una ocupa

7 Comentarios
 
07/07/2010 15:13
Bueno chicos lo que os puedo decir es que la emv estas informada por mi misma desde el 2009 y no me da respuesta alguna, lo que si se es que a la propietaria se lo van a quitar, y yo si quiero pagar pero a mi nombre, lo que necesito es asesoramiento legal, si me merece la pena luchar por ello o de lo contrario debo renunciar.
Si alguno me puede ayudar, os lo agradeceria un monton entender que lo que no quiero es perder el dinerito pues no soy una persona voyante en ingresos
gracias
06/07/2010 10:02
1996 en realidad no veo la discrepancia de su argumentación con nosotros, encuentro que son complementarias y que en el fondo todos estamos de acuerdo.

Si la persona a la que fue adjudicada ya no la necesita por razón X se le adjudique a otra persona que si la necesite, pero pagando.

Si de momento no desea pagar porque está a nombre de otra persona, que pague un alquiler hasta que solucione el tema de esa vivienda o solicite una para ella.

La VPO son para personas con recursos limitados, pero tendrán que pagar, aunque sea menos, tendrán que pagar y una casa que esté a su nombre, no a nombre de otra persona.

¿qué piensas Kukina?

Un cordial saludo.
05/07/2010 18:31
felicito por la respuesta a papichuli.eso es saber del tema.en cuanto a 1996 me gustaria que se viera en el caso de que le ocuparan su casa,se iba a enterar .toda la vida pagando para que venga alguien con todo su morro y te quite el sudor de tu frente.que trabajen y paguen como todos los demas.es muy comodo cojer lo que no es tuyo y viva la pepa.
05/07/2010 18:21
Lo que no debe hacer usted es ocupar indebidamente una vivienda.
Va usted contra el articulo 245/2 del Código penal.
La Vivienda de Protección Oficial (VPO, también conocida como Vivienda con Protección Pública o Vivienda Protegida) es un tipo de vivienda de precio limitado y, casi siempre, parcialmente subvencionada por la administración pública española.
El objetivo de la VPO es favorecer que los ciudadanos con rentas más bajas puedan adquirir o arrendar viviendas dignas y adecuadas a unos precios asequibles a sus posibilidades.
Requisitos exigibles
En términos generales, para que una vivienda sea clasificable como VPO, la Administración pública establece una serie de requisitos legales tanto para la vivienda (tamaño y precio máximos) como para el comprador (ingresos máximos, típicamente expresados en múltiplos del IPREM, no disponibilidad de otra vivienda, empadronamiento en el territorio regido por la administración, etc.). Cuando el número de potenciales compradores excede al de la oferta de VPO, las Administraciones suelen recurrir a sorteos para decidir las adjudicaciones.
¿Qué es el IPREM?
El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) es un índice empleado en España como referencia para la concesión de ayudas, becas, subvenciones, etc). Este índice nació en el año 2004 para sustituir al Salario Mínimo Interprofesional como referencia para estas ayudas.
Por lo tanto, y siempre a mi entender, lo que usted debería hacer es devolver la vivienda a su dueño físico o al organismo en cuestión que la adjudico, y posteriormente solicítela si cumple con los requisitos para su adjudicación.
Un saludo
05/07/2010 16:01
Pues yo, siento discernir con vosotros, y es que desde el punto de vista que yo veo la situación, es que se trata de un piso de Protección Oficial.
Los pisos de esas caracteristicas son para ser habitados por quien no tiene vivienda, ni recursos para acceder a ella, y hasta donde sé, están subvencionados por TODOS nosotros, via impuestos.
Si la persona que figura como adjudicataria de esa vivienda no la utiliza, lo lógico es que se le expropie pagandole el justiprecio que corresponda (lo puesto mas intereses legales del dinero) y que se adjudique a otra persona que realmente la necesite.
Ya que la idea es proporcionar techo a quien lo necesite, no que un particular haga negocio, pagando durante los años que dure la protección oficial, y al final la desatecte, y una vez liberalizada la vivienda, la venda a precio de mercado, llevandose un buen dinero, a costa de todos los españoles.
Me extraña mucho que teniendo conocimiento de los hechos los organismos oficiales no hayan hecho nada, ya que por lo que he oido, se están produciendo bastantes expropiaciones en este sentido. Informese bien.
Un saludo.
05/07/2010 15:00
Creo que te lo han dejado bastante clarito.

Coincido con CarlosSB

Saludos
05/07/2010 14:06
Pues sinceramente no veo el problema, comprate otro piso que hay mil.

Si sabías que el piso estaba a nombre de otra persona (aunque lo abandone o lo queme es suyo). Es una tonteria encabezonarse y mientras sigas viviendo ahí sin pagar, simplemente es echarle morro con una excusa muy vaga.

También puedes irte a otro de alquiler y pagar religiosamente, mientras te enteras que pasa con ese piso abandonado que te interesa y hasta que te puedas hacer con él, pero insisto vivir sin pagar es algo muy cómodo.

Sin acritud. Un saludo

Soy una ocupa
05/07/2010 09:31
necesito ayuda, soy una ocupa de un piso de proteccion oficial, yo quiero pagar pero a mi nombre pues ese piso pertenecia a iuna señora que lo dejo abandonado y pasa del piso que puedo hacer como puedo solucionarlo ayudarme, la empresa municipal de la vivienda sabe que estoy hay metida pero no me contesta con nada y yo no quiero ser una ocupa pero tampoco quiero pagar un piso que no este a mi nombre y el dia de mañana a esta señora le de por reclamar
gracias espero respuesta de alguien