Hemos realizado obras en la urbanizacion ( 10 bloques ) por valor de 1.400.000 euros, a mi personalmente me salia ha pagar 727,75 euros al mes durante 10 meses o pedir un credito lo que no me interesaba por la edad a 1o años, opte al contado en 10 meses , las primeras 5 cuotas por 403,96 por no poder pagar mas, lo comente con la seccion de contabilidad y no me pusieron pegas, a la sesta cuota regularice el resto pendiente y las otras 5 cuotass pague los 727,754 euros, liquidando la totalidad de la deuda con mucha antelacion a la finalizacion de las obras.pero para mi sorpresa aparezco en la lista de morosos por una deuda dice 260 euros por 60 euros burofas y 200 euros de intereses de demora.
Mi pregunta pueden hacerlo cuando a otros morosos que aun no han liquidado la deuda no le carga ningun interes, y tampoco cuando se aprobo las obras se aprobo cargo de interesa alguno.
Usted abono la derrama antes de finalizar las obras, según usted indica.
Lo que no nos indica, es cuando finalizaba el abono de la derrama.
Entiendo que recibió un burofax indicándole que no había pagado, y los intereses, usted sabra, si lo aprobaron en junta su cobro
Contestando al sr Jalisco el tiempo del pago en 10 meses empezaba el 10 de mayo del 2.022 y termino el 20-feberero del 2023, las obras todavia en fecha 11-9-23 siguen y en cuanto aprobado no esiste ninguna acta en la cual se apruebe el cargo de intereses de hecho en la relacion de morosos todos los que no han pagado la derrama , no les carga interes alguno, el administrador. Saludos.
Bien usted finalizo el abono de la de derrama antes de finalizar la obra, pero si le nombro moroso, seguro que fue porque no abono la derrama en el tiempo aprobado en junta.
Pues si no esta aprobado el cargo de intereses, si existen mas propietarios que no habiendo abonado la deuda en la fecha señalada y no se les a cobrado interes alguno.
Mande por el medio que utilicen normalmente, emails, carta duplicada y que firme recepcion el administrador.
Que dado que no existe acuerdo alguno comunitario en junta de el cobro de intereses a los propietarios que en su día no pudieron abonar la derrama en la fecha estipulada, y que tampoco existe acuerdo alguno en junta( creo yo, ya que usted no lo indica), del remitir a cuenta del propietario un burofax indicando su estado de deuda, si en un plazo de XXX días, no corrije estas anomalías, emprendera las oportunas acciones judiciales, por tomar decisiones al marjen de la comunidad, dado que él carece de potestad alguna, para realizar dichas acciones.