dancar
Según el art. 32.5 del R.D. 557/2011
"La prórroga de estancia se hará constar en el pasaporte o título de viaje, o en documento aparte si el interesado hubiera entrado en España con otro tipo de documentación, y amparará a su titular y a los familiares que, en su caso, figuren en dichos documentos y se encuentren en España."
Es decir, hasta que no le contesten desestimando su solicitud, sigue hallándose en situación regular.
Para salir de España puede pedir una autorización de regreso, art. 7 del mismo texto legal.
Acabo de tramitar mi prorroga de estudios por primera vez, pero tengo un problema, mi N.I.E caduca dentro de 3 semanas y me dicen que el tramite dura unos 2 meses.
mi pregunta es, ¿ si con la constancia que me han dado ,que mi N.I.E esta en tramite sigo legalmente en españa?.
la otra pregunta es, ¿puedo salir de españa durante la tramitacion del N.I.E sabiendo que el antiguo ya esta caducado?
1.) si al interponer el recurso solicito que se suspenda la salida, continuo con los mismos derechos de estudiante?
2.) puedo continuar yendo a la universidad y con mis practicas no laborales?
3.)por ultimo sabes cuanto puede tardar en resolverse un recurso?
nuevamente gracias usted realiza un excelente trabajo.
1.- Cuando se produce una denegación, la persona pasa a hallarse en una situación llamada SALIDA OBLIGATORIA, que es un plazo que se le concede para que abandone España. Si no se le concede plazo en la resolución, rige el previsto en el Reglamento.
2.- En el escrito de interposición y fundamentación del recurso, puede solicitarse que se suspenda la salida obligatoria de España, hasta tanto sea resuelto el recurso.