Hola. Tengo el 50% de un piso y un 50% de chalet porque mi padre los puso a nuestro nombre (mi hermano y yo)
La ley de VPO de la comunidad Valenciana habla de que alguien es elegible para VPO si tiene necesidad de vivienda y entiende necesidad de vivienda como esto: https: //dogv. gva. es/datos/2021/09/14/pdf/2021_9202. pdf
rtículo 13.
Necesidad de vivienda: Se entenderá que existe necesidad de vivienda cuando ninguna delas personas integrantes de la unidad de convivencia sea titular de underecho, personal o real, en pleno dominio o usufructo, u otros derechosde uso, posesión o disfrute de una vivienda o cuando concurra alguna delas siguientes situaciones...
Entonces, me gustaría confirmar si yo, teniendo el 50% de dos viviendas, podría comprar una VPO de acuerdo a esa ley, ya que no entiendo muy bien si un pleno dominio es el 100% de un inmueble o se puede tener pleno dominio de un 50% de un inmueble... Lo mismo con el usufructo, no se si es posible tener un 50% de usufructo. Si me pudieran asesorar por favor para saber si puedo acceder a VPO estaría muy agradecido
He llamado a la conselleria de Vivienda de Valencia y me han dicho que ellos opinan que si que puedo, que el 50% de 2 viviendas no significa el pleno dominio de 1
pero no se atreven a darme nada por escrito. Depende a quien le pregunte me dice una cosa distinta y eso me hace dudar bastante. Por lo que veo nadie me puede asegurar, y eso es un riesgo tanto por si me multan como por el lado de poder estar perdiendome buenas oportunidades.
Entiendo que toda esta ambiguedad tambien se puede usar para defenderme si me acaban multando para decir cual era "mi interpretación"
De momento, haciendo caso a la conselleria de vivienda me he inscrito como demandante de VPO he grabado la conversacion donde me dicen que si que puedo comprar, esta grabación me serviría para defenderme en caso de multa?
Tambien me dijeron que solo recibiré un justificante de haberlo presentado y de ahi ya con eso puedo ir a comprar la vivienda, pero nadie me dice si lo van ni siquiera a revisar a tiempo; ¿existe algún momento en el que alguien pueda decirme si realmente soy eligible o no en todo el proceso? (Por ejemplo el notario) o me puedo encontrar después con la sorpresa?