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soy argelina de nacionalidad española y actualmente resido en Francia

1 Comentarios
 
Soy argelina de nacionalidad española y actualmente resido en francia
04/03/2019 17:52
Buenas tardes. mi caso es el siguiente: soy argelina de nacionalidad española y actualmente resido en Francia. He contraído matrimonio con un argelino en un Ayuntamiento de Argelia con un pasaporte argelino, me recomendaron hacerlo así para que las autoridades locales no me pusieran ningún problema. Y hace aproximadamente un año solicité la inscripción del matrimonio en el consulado de España en Argelia. Presenté toda la documentación que me solicitaron y me la aceptaron y hace un mes nos citaron a mí y a mi marido a una audiencia por separado. Y al cabo de una semana nos llegó un auto de denegación de la inscripción del matrimonio, en dicho auto dice que no se cumplen los criterios determinados por la normativa española en vigor para la inscripción de matrimonios contraídos por españoles con ciudadanos extranjeros en el exterior. He contactado con el consulado pero no me dejan las cosas claras, lo único que me dicen es que el problema esta en haberme casado con un pasaporte argelino. Por otros casos que he sabido me dicen que me deberían inscribir el matrimonio al menos al Consulado de España en Argelia. No se que hacer la verdad..Espero que me podáis ayudar. Espero vuestra respuesta. Muchas gracias. Saludos
12/03/2019 20:59
Sararb
Hola :

Cuando la notifiquen formalmente con el auto denegatorio de la inscripción del matrimonio en el Registro Civil del consulado de España, puede interponer recurso ante la Dirección General de Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia ( Madrid).

Que se haya casado en Argelia como argelina no es un problema porque si el Estado soberano territorial la considera su nacional, usted no tiene otra opción ( y recuerde que, si bien al adquirir la nacionalidad española debió haber declarado que renunciaba a su nacionalidad anterior, esa declaración solo produjo efectos en el ordenamiento jurídico español, pero no en el ordenamiento jurídico del Estado del cual usted es originariamente nacional, que puede seguirla considerando su nacional de acuerdo con su ordenamiento jurídico).

El problema de fondo puede radicar en que, a juicio del encargado del Registro Civil consular o del representante consular del Ministerio Fiscal, el consentimiento matrimonial prestado ante autoridades locales no es real sino simulado y por tanto se trata de un matrimonio de complacencia y no real. Esa suele ser la razón por la que mayormente se deniega las inscripciones de matrimonios celebrados por españoles fuera de España. Otra causa común de denegación es que el matrimonio celebrado en el extranjero pueda resultar contrario al orden público español ( por ejemplo, matrimonio poligámico o matrimonios concertados por los padres de los contrayentes, sin contar con su consentimiento o matrimonios celebrados con personas menores de la edad mínima establecida en España para contraer matrimonio) .

En el recurso se puede desvirtuar la conclusión a la que pudiera haber arribado el encargado del Registro Civil y aportar documentación probatoria .

Un cordial saludo.