Hola:
Vivo en una vivienda unifamiliar que a su vez comparte algo de terreno con otra vivienda.
Ahora van a soterrar los cables de telefonía por la acera, a mi vivienda no habría problemas para darnos red, pero quieren dar teléfono a través de mi fachada y mi jardín por mediación de un cable aéreo a la vivienda de alado.
Mi pregunta es, si me puedo negar. Ya que ahora mismo tenemos un poste en terreno privado y común que nos da red a ambas viviendas, por lo que no entiendo por que quieren quitar ese poste que pasa por el terreno de ambos y por las zonas comunes privadas (no por vía publica) y ponerlo solo por mi terreno.
Muchas gracias.
Buenas tardes. Tengo unos postes de telefónica en mi finca que van justo pegados a la pared de la carretera. Ahora, van a soterrar esos cables pero parece que quieren hacerlo por dentro de mi finca pudiéndolo hacer por fuera. Estamos obligados a dejar que lo hagan dentro? Gracias
viene a cuento de la Ley 32/2003, General de Telecomunicaciones
el Artículo 3.e) como objetivos de la Ley, dice:
Defender los intereses de los usuarios, asegurando su derecho al acceso a los servicios de comunicaciones electrónicas en adecuadas condiciones de elección, precio y calidad ...
en general, en toda esa Ley, ya desde la exposición de motivos, por lo que no creo que sea preciso mencionar cada punto, ya que puede leerse esa Ley, se procura tanto fomentar la competencia de los operadores, como considerar un derecho del ciudadano la elección individual del operador
no se puede, por tanto, discriminar a un operador respecto a otros, ni limitar los derechos de los usuarios
Entiendo que las obras de urbanización incluyen todos aquellos servicios que implican a la población de la localidad, pero en este caso la línea de telefonía sólamente afecta a usuar¡os privados que han elegido esa compañía , por eso me genera la duda que sí nosotros (los componentes de la junta de compensación) no utilizamos ese operador, ¿aún así debemos hacernos cargo del soterramiento de ese tendido?
en ese caso habrá que soterrar la línea como parte de las obras de urbanización (calles y redes de servicios) y con cargo a la entidad urbanizadora (junta de compensación)
¿se trata de urbanizar el frente de una parcela, o se urbaniza un área más amplia?
¿el tendido discurre por el frente de la parcela, a lo largo de una vía, o atraviesan la parcela?
Tengo una parcela que próximamente se va a urbanizar. Los cables de telefonía pasan con postes sobre la misma.
En breve se procederá a la urbanización de la parcela y mi pregunta es: En la próxima urbanización, ¿existe obligación de soterrar los cables de la operadora de telefonía?,¿quién debe hacerse cargo y pagar el soterramiento, la empresa de telefonía, o la empresa urbanizadora a mi cargo?