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Sotanos de edificio.

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Sotanos de edificio.
31/12/2004 02:01
Hola a todos, intentare explicarme para que me entendais:
En nuestra finca existen unos sotanos, que los de los pisos bajos han ocupado, haciendose sus ampliaciones de vivienda.
Salvo que se les done o ceda, ¿Cuando prescribe la propiedad de la comunidad sobre estos sotanos y pasan a ser propiedad de estos propietarios..?
- ¿Se les podemos alquilar por un importe simbolico para que sigan siendo nuestros.?
- ¿ Se les podemos permutar por algo, por ejemplo la construcción de un salón comunitario?
- ¿Se les podemos simplemente ceder, firmando un documento por el cual nunca pasara a ser de su propiedad a menos que la comunidad entera asi lo acuerde.?

En fin, espero haberme expresado con claridad, si me contestairs, os ruego me indiqueis en base a que leyes lo haceis.

Gracias y Muy feliz año.