Quiero expresarle mi mas sincero agradecimiento VEO por las explicaciones que me está dando..y decirle que me esta aclarando muchas dudas que tenia.
Efectivamente todo lo que expone es así, y no varia un apice de lo que en mi escrituras se declara. Pero el caso es que inicialmente el vecino que adquirió la planta sotano antes de hacerse con el y cuando el sotano pertenecia a la constructora...me confesó que las parcelas donde iban ubicadas las cuatro viviendas local comercial , actualmente la franja donde ahora esta esa parte"ILEGAL", iba sobre tierra y digo esto de buena tinta porque el actual propietario y el constructor son familia.
A la hora del replanteo el constructor le dijo a su cuñado que se iban a construir mas metros al margen de proyecto inicial ..y que una vez pasado la inspección de primera ocupación se tirarian muros para ganar esos metros de más...incluso me aportó fotos para que en la medida de lo posible intentaramos hacernos mediante abogados de los metros que la constructora habia ganado metiendose debajo de la franja que describo.
Al margen de esta información decirle VEO, que no puedo solicitar ningúna información de la actual situación de la división horizontal ...ya que el administrador solo responde ante el actual propietario del sotano y no facilita ningún tipo de dato.
Y decirle también que se trata de unifamiliares de renta libre sin constitución de comunidad.
Si ese es su caso, su vivienda tendrá un número dentro de esa división horizontal, e indicará como lindes otros elementos de la misma parcela (o de la parcela vecina si la suya es de borde).
La división horizontal se hace según la licencia, lo que viene a ser según el proyecto, aunque el inicial ha podido tener modificaciones y haber obtenido licencia para ellas. El tema es que, para modificar la división horizontal, la ley exige el acuerdo de TODOS los propietarios, y, aunque esa ampliación de sótano pudiera obtener licencia y a partir de eso pudiera modificarse la división horizontal, no podrá hacerse si no hay acuerdo unánime.
El administrador de la comunidad podrá darle copia de la división horizontal y de los estatutos, y también puede mirarla en el registro de la propiedad, al margen de que en la escritura de su vivienda se hace referencia a ellas y puede obtenerla en la notaría que allí se indica.
Lo más jor es que se reúnan los afectados (propietarios de las viviendas y del sótano) y traten de buscar un acuerdo en el que todos lleven algo que ganar, porque en otro caso usted podrá denunciar la irregularidad, exigir que se cierre el garaje tal como está en el proyecto y que ese espacio quede vacío, pero tampoco podrá usarlo usted.
No, no es en su escritura. Trataré de explicarlo:
Digamos que tradicionalmente cada vivienda unifamiliar se construía sobre una parcela propia, independiente de las vecinas ... pero, con la construcción en grupo, se hizo abundante la promoción de conjuntos de vivendas unifamiliares, mayoritariamente adosadas, en una parcela común. Así, esos grupos de viviendas están en régimen de propiedad horizontal, lo mismo que los pisos.
Tradicionalmente, la propiedad de una vivienda unifamiliar suponía la propiedad exclusiva de la parcela en la que se asentaba, desde el subsuelo (al margen de la lay de minas) hasta el cielo (al margen de la navegación aérea), pero en una parcela en común pueden compatibilizar se diferentes derechos de propiedad en diferentes espacios y en diferentes niveles (como en los bloques de pisos), de modo que uno ya no necesariamente es propietario de lo que tiene debajo y de lo que tiene encima, sino que es propietario de una porción del conjunto, una porción de suelo abierto o cerrado, de una propiedad horizontal.
El conjunto de elementos independientes de una parcela se describe en la Escritura de División Horizontal, que es el Título Constitutivo del conjunto y, lo mismo que las relaciones entre los vecinos, se rigen por la Ley de Propiedad Horizontal y por los Estatutos de la comunidad de propietarios.
Sigue en otro mensaje ...
Gracias Veo...le agradezco mucho su información....y al hilo de la autorización de legalización ....donde se tiene que modificar la división horizontal? en las escrituras de mi vivienda donde diga que por debajo de casa existe un sotano o existira un sotano?...oerdone mi ignorancia sobre el tema....y gracias
Sigo (cosas de la tablet)
Y hasta puede, decía, que sea legalizable ... pero la modificación de la división horizontal exigirá el acuerdo de todos los propietarios ... Y, por lo que usted dice, ni usted lo autorizará en beneficio de otro, ni quien se dice propietario le cederá sus supuestos derechos
Poco puede opinarse sin conocer el proyecto y la división horizontal, en caso de que la haya
Puede que exista justificación técnica para que ese sótano sea mayor de lo previsto, y hasta puede
es un tema de mirar y pelear
en principio habría que ver el proyecto y la división horizontal
sospecho que ese incremento de superficie no está legalizado y ese propietario no puede usarlo, lo que no significa que pueda reclamarlo para usted
Buenas tardes a todos.
A ver si co expongo mi caso. Adquirí un adosado construido sobre una parcela de 108m en el año 98,teoricamente bajo mi vivienda no debia existir nada.
El caso es que el promotor a la hora de hacer los cimientos situo el muro de contención la planta sotano adyacente a ras de porche delantero cuando tenia que estas a ras de patio...con lo que ganó todo el espacio de la superficie de mi casa y la de los vecinos.
Asi lo hizo con las cuatro casas adosadas de esa franja con lo que ganó al sotano cerca de 500m.
En el año 2003 un vecino le compro la planta sotano a la promotora para destinarlas a aparcamientos , y para su suerte se encontró esos metros de mas en el fondo del sotano que ocupaba la superficie de estas cuatros viviendas que antes mencionaba.
El caso es que estos metros de mas no rezaban en las escrituras del sotano....y por lo tanto le dije que lo que habia debajo de mi casa me pertenecia.
Este señor en su empeño de lucrarse con esos metros que segun el habia pagado ,intentó venderme la parte que que se encontraba bajo mi casa por una cantidad desorbitante.
El caso es que ante su postura no acepte evidentemente y he dejado correr el tiempo.
A dia de hoy según el esos metros están legalizados y se los quiere vender a una tercera persona.
Que puedo hacer....? se pueden legalizar esos metros de más ? Según la ley de PROPIEDAD HORIZONTAL esos metros son mios?....los puede vender si mi aprobación de lagalizar esos metros de más?
Los puedo reclamar?...