Hace casi 4 años compre un bajo de una division horizontal de 3 viviendas escriturada el 7/09/2005.
Cuando compre el bajo el promotor me firmo un derecho exclusivo del sotano en contrato privado.
El sotano es ilegal, porque no sale en escritura.
Ahora vamos a constituir la comunidad y los otros dos propietariors quieren usar este bajo.
¿Tienen derecho teniendo yo el contrato privado?
Si llegamos a un acuerdo ¿puedo hacer uso exclusivo pagando más cuota de participacion?
Al vender el piso... ¿se traspasa el derecho exclusivo, o será de la comunidad?
¿Hay manera legal de meter ese documento privado en mi escritura del piso, o en la division horizontal? ¿Que tramites lleva y cuanto puede costar?
Gracias de antemano.
Gracias por su respuesta.
Al sotano se accede desde la escalera comunitaria.
Si en los estatutos se indicase por acuerdo de los otros vecinos que yo pagarese mas coeficiente de participacion por este uso, ¿se podrian inscrivir en el registro de la propiedad, o podriamos tener problemas por ser sotano ilegal?
En caso de ser posible, ¿tendria de por vida el derecho exclusivo incluso en la venta de mi piso?
¿Que coste puede tener inscrivir los estatutos en el registro?
Gracias de antemano.
Si el sótano no aparece en la División Horizontal, nadie tiene derecho al mismo.
Consulte con un notario la validez del documento privado.
¿Tiene posibilidad de localizar al que le vendió?. Quizás podrían hacer un documento notarial de mayor cabida de su vivienda, pero el problema sigue siendo que no consta en la División Horizontal.
En cualquier caso, tampoco la Comunidad ni ningún otro vecino, tendrían derecho al uso del sótano.
Quizás la solución, sería que la Comunidad acepte el documento privado, previo pago mensual de una cuota por el sótano. Eso beneficiaría a la Comunidad.
Gracias Acriton.
Un gestor me indico que el sotano estaba en situacion ilegal por el siguiente motivo:
Descripcion de la finca en 2ª pagina escritura de division horizontal.
Casa situada en .... compuesta de sotanos donde hay cisterna, dispensa y otros departamentos, de planta baja habitable, primer piso, desván y azotea.
En la descripcion de las entidades independientes menciona:
1- Vivienda en planta baja ubicada.... Tiene una superficie construida de 79m2. Cuota 34%.
2- Vivienda en primer piso ubicada... Tiene una superficie construida de 79m2. Cuota 33%
3- Vivienda en segundo piso ubicada.... Tiene una superficie construida de 79m2. Cuota 33%
En el anexo de relacion de elementos de construccion consta:
En los elementos comunes, tampoco habla de este sótano.
Realmente este inmueble esta formado por:
A- Sotano de unos 35 m2 aproximadamente. Hay algunas vigas en no muy buen estado, y no me extrañaria nada que el promotor hubiese tapiado el acceso para la inspeccion y lo hubiese abierto posteriormente.
B- Piso en planta baja.
C- Primer piso
D- Segundo piso
E- Azotea con una pequeña caseta para salida desde el segundo piso, que imagino que es a lo que llaman desvan. Puede tener los 4 m2.
¿Creen que el sótano está en estado ilegal?
De no ser así, porque no consta en la superficie total?
Si se mencionase mi uso exclusivo en los estatutos al constituir la comunidad, y estuviese en situacion ilegal el sotano, ¿podríamos tener algun problema al inscrivir los estatutos en el registro de la propiedad?