Buenos días, deseo hacer dos consultas;
1º. Respecto a unas obras integrales de rehabilitación finca con un coste aprox. de 100 a 140 mil euros, y durante las cuales NO hallamos claridad en las cuentas presentadas ni en la información ofrecida, ¿ se puede solicitar AUDITORIA de modo individual? y ¿cuánto sería aproximadamente el coste de dicha auditoria?.
2º. Ante la solicitud al Administrador de consultar las Actas de un periodo determinado de tiempo, responde que NO es posible hasta no estar al día de pagos (en la actualidad tengo un par de derramas por pagar por un error en su contabilidad que he justificado debidamente). Entendía que la morosidad afecta al derecho de voto, pero no a estas actuaciones administrativas.
Si existe una obra, existira un presupuesto presentado y aprobado en junta.
No vale para nada decir un presupuesto de aproximadamente de 100000 a 140000€.
Usted debe ser conocedor de cual es el montante del presupueseto, dado que en su dia se lo tuvieron que indicar.
Por lo cual no tiene sentido alguno decir que no hay claridad alguna en las cuentas presentadas.
Porque desea consultar esas actas, no era propietario en las fechas que se emitiron?
Si existe una obra, existira un presupuesto presentado y aprobado en junta.
No vale para nada decir un presupuesto de aproximadamente de 100000 a 140000€.
Usted debe ser conocedor de cual es el montante del presupueseto, dado que en su dia se lo tuvieron que indicar.
Por lo cual no tiene sentido alguno decir que no hay claridad alguna en las cuentas presentadas.
Porque desea consultar esas actas, no era propietario en las fechas que se emitiron?
Pues si, he dicho bien entre 100 y 140 mil euros porque del presupuesto inicial al actual (que no sé si será el último) han habido cuatro ampliaciones y 2 correcciones por errores cometidos en el cálculo de ingresos y gastos. Sin intención de alargarme más, existen en esa comunidad ciertas peculiaridades (un piso sin dueño a cargo de la comunidad y en trámites de subasta pública, una venta y agregación de elemento común a otros pisos, cambios de diferentes profesionales, etc.. ) que complican el seguimiento del estado de cuentas, sobre todo cuando algunos datos no cuadran. De ahí mi pregunta sobre solicitar la auditoria.
Por otra parte, la petición de consultar actas, obviamente es porque no dispongo de todas y me interesaría revisar acuerdos, de algunas por ser anteriores a mi adquisición de ese piso y de otras porque no al no ser mi vivienda habitual no he asistido a todas las juntas y no dispongo de ellas. En cualquier caso, tengo entendido que las Actas es una documentación a disposición de los propietarios.
Después de estas aclaraciones, si alguien puede responderme a mis preguntas, quedaría muy agradecida.
el que no haya asistido a las juntas, no es óbice para que no esten en su poder
las actas anteriores antes de ser propietaria no tienen obligación alguna de enseñarselas, dado que pueden figurar datos personales a los que usted no debe de ser conocedora dado que en esa fecha usted no era propietaria.
referente a lo del presupuesto del inicial al actual, ustedes tendrán un contrato frmado y cerrado con la empresa
Gracias por sus explicaciones, si bien no responden a mis preguntas iniciales.
1. Auditoria por estado de cuenta: Sin pretender extenderme le confirmo que por supuesto existe un contrato inicial de obras que se han ido modificando, ampliando y corrigiendo a lo largo de casi 2 años que han durado las mismas teniendo como únicos documentos justificativos las actas de la Juntas extraordinarias que se iban celebrando para ir ampliando las derramas.
Mi pregunta en este tema es: ¿Un propietario puede individualmente solicitar una auditoria del estado de cuentas de una comunidad?.
2. Respecto a la consulta de actas, mi pregunta es; ¿La morosidad se puede utilizar de impedimento para la consulta de actas?.
Pies si, puede Ud pedir que auditen las cuentas, para ello debe primero no aprobarlas cuando se las prestan en junta, e impugnar en el juzgado, debe acudir a un abogado.
Para que le den copia o revisar el libro de actas, igual juzgado y orden judicial, primero debe justificar su petición a fiscalía presentando un escrito en en el decanato del juzgado.
Buenas tardes y muchas gracias a tod@s por vuestras aportaciones. Finalmente, un abogado experto en LPH respondió a mis dudas de la siguiente manera:
1. Cualquier propietario puede solicitar una auditoria (o mejor dicho un informe de cuentas) que como sugirió Jalisco a partir de una pág web... la contabilidad de una comunidad no es a efectos mercantiles y de ahí que es mas apropiado hablar de -informe de cuentas- que de -auditoria-, si bien la finalidad es la misma (revisar cuentas). En este caso el coste es a cargo del propietario que la solicita, si por el contrario se aprobara en una Junta sería a cargo de la comunidad.
2. El libro de Actas lo puede consultar cualquier propietario sin límites de fechas y es función del secretario-administrador su custodia y acceso a dichas actas.
Agradezco y deseo que con nuestras participaciones a través de preguntas y respuestas mantengamos este foro del que aprendemos y nos beneficiamos tod@s. Un saludo¡.