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Solicitud Permiso Trabajo Cta. Ajena Inicial

5 Comentarios
 
Solicitud permiso trabajo cta. ajena inicial
28/04/2010 08:47
Hola, buenos días. Estoy preparando una solicitud de trabajo por cuenta ajena inicial para un extranjero que reside legalmente en España con un permiso de estudiante.
Me surge la duda si, durante el trámite y una vez que sea concedido el permiso, el extranjero debe estar en su pais de origen...es que me ha comentado por conocidos suyos que tuvieron que volver a su pais para solicitar un visado ......
28/04/2010 17:50
Hola,

Si se trata de una modificación de estudiante a régimen general (es decir, el chico lleva ya tres años en España y ya le corresponde el cambio), no tiene que volver a su país, el cambio es automático mediante resolución sin tener que ir a por un visado.

Por otro lado, si el cambio es en régimen general pero con una solicitud inicial que se ha sometido a la Situación Nacional de Empleo o es un puesto de dirección como puesto de confianza. Entonces sí tiene que ir a su país a por un visado de trabajo y residencia.

Saludos,

Maciel
Extranjería e Inmigración
massi1era@hotmail.com
30/04/2010 12:01
Muchas gracias massi1. No quiero abusar, pero me surge una última duda.
Resulta que el extranjero no lleva 3 años en Españo, los hace en febrero del año que viene, por lo que habíamos decidido esperar a que cumpliera ese requisito. Hasta ahí todo OK.
Por lo que he podido leer, otro de los requisitos que piden es que no tenga una beca o subvención de algún organismo o institución de su país y es aquí donde me surge la duda. Resulta que actuamente no tiene ningún tipo de beca, pero el primer año de estudios que pasó en España SI que disfruto de una beca de su país.
La pregunta del millón es: el requisito de no estar becado es un requisito que hay que cumplir en el momento que se hace la solicitud, o por el contrario, se supone que no has tenido que disfrutar de beca en todo el tiempo que llevas en España como estudiante ????
Muchas gracias por todo.
30/04/2010 12:39
Hola,

Si, es un requisito imprescindible, pero lo puedes obviar si la beca era internacional. Me explico, tengo una cliente que estaba becada por Fundación Carolina pero no por el Ministerio de Educación de su país y, como pudo conseguir una carta de ese Ministerio en donde hacía constar que no había sido subvencionada por el Estado, me aceptaron y concedieron el permiso.

Así que mira bien si esta persona puede o no conseguir una carta de su Ministerio de Educación donde precise este dato.

Otra opción puede ser, que cuando cumpla los tres años en España, hagas el Arraigo Social, obviando el procedimiento de modificación a estudiante. Al menos, en Madrid están aceptando los arraigos de estudiantes y además con ello te evitarías probar el tema de la beca y esperar los tres meses antes de la vigencia de su tarjeta que es cuando tienes que hacer este cambio de tarjeta de estudiante a trabajo.

Espero que te haya resultado útil la explicación y agregar finalmente, que te mires siempre la modalidad de contratación (indefinido, duración determinada por obra o servicio determinado etc) ya que antes no lo miraban mucho pero ahora hay que justificar bien por qué y en qué modalidad le estás contratando.

Está de más decirte que si necesitas mis servicios puedes escribirme al correo electrónico.

Saludos,

Maciel
Extranjería e Inmigración
massi1era@hotmail.com
30/04/2010 14:27
Gracias de nuevo massi1.
Me parece que lo de convertir la residencia de estudiantes ya no es una posibilidad ya que me ha confirmado que la beca era del Ministerio de Educación .......
Pero te agradezco que me hayas dado otra alternativa, la del arraigo social.
He estado buscando algo de informacion, y según he leído, para solicitar el arraigo social es necesario tener un contrato de trabajo ???
Muchas gracias !!!!
30/04/2010 18:35
Efectivamente, además de otros tantos documentos imprescindibles.

Saludos,