Lo primero , muchas gracias por vuestra colaboración en estos temas que tanta agobio generan.
Soy propietario de un local , y he solicitado a la Comunidad lo siguiente.
"Solicitud permiso del local de para conexión con el desague general para
colocación de un fregadero por las plazas de garaje 8 y 9.".
Dicha conexión del local con el desague del Parking , esta expresamente establecida es los Estatutos de la Comunidad y en la Escritura de División Horizontal.
La Administradora , ante mi sorpresa, ha convocado una Junta Ordinaria y lo ha establecido como uno de los puntos de Orden del Día, por que dice, que la propietaria de las plazas 8 y 9 se niegan a dar ese permiso.
El caso, es que estoy muy agobiado, ya que necesito colocar ese fregadero para la actividad habitual del local. POR FAVOR, QUE PUEDO HACER ?.
Es muy extraño que en los estatutos y en la escritura de división horizontal figuren las conexiones de desague, peo si usted lo ha leido, no tiene porqué ser ni tratado ni aprobado en junta.
Los estatutos se aprueban por unanimidad, por lo cual la propietaria de las plazas 8 y 9 no puede contradecirse ahora.
En caso que no figure inscrito en los documentos citados, en junta se tiene que aprobar por una mayoría de 3/5 de votos y coeficientes de todos los propietarios, sin tener en cuenta el voto de los ausentes y en caso de lograrlo cosa muy dificil, deberá contar con el consentimiento del afectado si fuese el caso
Muchas gracias por contestarme.
En su respuesta me pide más precisión. Le diré que en la Escritura de Compraventa del local, aparece el siguiente texto:
En dicha Escritura se dice "Los propietarios de la finca en planta sotano destina a aparcamientos de vehiculos estaran obligados a respetar en toda su integridad cualquier clase de Tuberias, bajantes canalizaciones o Instalaciones que discurran por la misma "
Por favor, podría darme una respuesta más concreta o precisa ?.
Veo que se equivoca y confunde la escritura de división horizontal que usted indicaba al principio y que ahora es subescritura de compra del local y que son totalmente diferentes.
En la escritura puede poner lo que quiera pero no por ello obliga al resto de la comunidad.
En su escritura no indica que usted pueda romper el forgado, poner tuberia de desague y conectarla al mismo.
En su escritura pone que se tienen que respetar las tuberias existentes, no quiere decir que se tiene el derecho a tiradas nuevas.
Usted en la actualidad no tiene en su local ninguna tubería de desague?
Y en los estatutos sabe usted lo que indica?
Tal y como me ha pedido , he ido a buscar la Escritura de Compraventa , ya alli indica , el articulado de la Escritura de Obra Nueva y División Horizontal aparece con el Titulo Elementos Comunes y Normas Comunes .
"Cuarto ; Los propietarios de la finca en planta sotano destina a aparcamientos de vehiculos estaran obligados a respetar en toda su integridad cualquier clase de Tuberias, bajantes canalizaciones o Instalaciones que discurran por la misma
Decimo; Sin necesidad de acuerdo ni consentimiento alguno de la Junta de conDueños los propietarios de locales comerciales en planta podrán por si solos:
a) Conectar sus desagues a los colectores por techo de la planta sotano. "
( Existe una tuberia de desague situada en los baños del local, pero no existe para colocar un fregadero ).
Mi duda es , a afectos de la Junta que se va a celebrar ...
1. Puede celebrarse o no es necesario , ya que con la mera comunicación ya es suficiente para llevar a cabo esta pequeña obra ?
2. En caso de celebrarse, que porcentaje de Mayoria requeririan los contrarios a esta conexión del fregadero con la tuberia de la comunidad ?.
Muchas gracias de nuevo por aclararmelo y perdone las molestias y mi torpeza.
Pues lleva usted toda la razón, por lo que indica si figura lo indicado en la escritura de división horizontal.
Yo iría mañana mismo al registro de la propiedad y solicitaría la escritura de división horizontal y comprobar que efectivamente pone lo que indica usted y si es asi le remite al administrador copia de esa hoja y le indica que según figura en el documento remitido, la comunidad no puede prohibirle dicha conexión y que tampoco necesita el permiso de la comunidad en junta para su realizacion.
En caso que no fuese cierto todo lo expuesto, en mi primera respuesta ya le he indicado el porcentaje de votos y coeficientes necesario.