Gracias veo de mi parte por tu explicación sobre qué puede pasar si se pide por via judicial a un ayto revisar una licencia concedida. Me lo has aclarado mucho.
empecemos por decir que ante un juez todos van con la única intención que defender sus conveniencias, y ese todos incluimos a los demandantes, a los demandados, a los testigos y hasta a los peritos.
si el ayuntamiento concedió una licencia, no se va a desdecir si ello supone tener que asumir una responsabilidad patrimonial, y si es la comunidad autónoma quien pide la revisión de licencia, se negará a hacerlo, y si pierde en el contencioso, recurrirá, y si el tribunal superior de justicia dicta orden de demolición, también recurrirá, se demorará, tratará de legalizar lo que sea, si es posible con modificación del planeamiento. Pero es que si la orden de demolición es firme y se le exige responsabilidad patrimonial, comenzará otra guerra de recursos tal que desde que se le exige la responsabilidad patrimonial hasta que puede hacerse efectiva, partiendo de que un ayuntamiento en inembargable, pasarán entre 8 y 12 años.
en defensa de sus conveniencias, hablarán de plazos, de modificaciones no autorizadas y de que los planos de proyecto están fuera de escala. No importa que no sea verdad, porque lo firma un funcionario, y, si se prueba lo contrario, nada se ha perdido, porque su abogado está a sueldo y el ayuntamiento no puede ser condenado a costas
lo que dice ahora el abogado municipal es sin duda lo que cree que le conviene decir, y mañana dirá lo que toque, y cargará las tintas si con ello puede cargar responsabilidad sobre el promotor, o puede recaudar dinero para el ayuntamiento
el del cable de la luz dirá lo que quiera, y nada cambia si quien lo dice es la delegación de industria, porque nada vale hasta que un juez, en la vía contencioso-administrativa, ordene la anulación de la licencia, porque nadie, salvo un juez en sentencia firme (tribunal superior de justicia), puede obligar a un alcalde a anular una licencia.
en todo caso, lo de la línea conviene mirarlo, reglamento en mano, porque hasta podría el ayuntamiento tratar de anular la licencia si encuentra en la línea motivos para la revisión, fundamentalmente si no debió concederla y si puede escudarse en que no estaba suficientemente indicada en las plantas, los alzados y las secciones, de los planos del proyecto por el que se concedió la licencia
como desconozco los datos fundamentales, no puedo evaluar si puede ser interesante continuar las obras hasta alcanzar un estado de utilidad, toda vez que presiento que el ayuntamiento no anulará la licencia. Si se tratara de una vivienda unifamiliar, sin duda diría que sí, que conviene alcanzar el estado final de obra. Tratándose de un edificio de viviendas en estado relativamente poco avanzado, la situación actual y las expectativas a cinco años invitan a pensar que no, que antes de invertir otro duro es mejor perder el valor de lo gastado.
escríbeme si quieres que lo mire con más detalle, pero sin compromiso
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Bueno, esa es otra de las cuestiones, porque en este caso, hay más tomate.
Los actuales Promotores compraron un terreno con licencia y proyecto. Importante mencionar que el objeto de la compra son las tres cosas. El Proyecto y la licencia fueron concedidas para una determinada obra. Por el cable de la luz les dijeron que nada de nada, entonces realizaron un reformado del proyecto (inferior en nº de viviendas) y les concedieron la licencia para el reformado, pues aún así parece que, por el cable de la luz, nada de nada.
Además ahora, el abogado del Ayuntamiento dice que el terreno sobre el que se encuentra no se debería haber concedido la licencia y además, el terreno, posee una carga por las obras de urbanización. El solar se transmitió libre de cargas, el contrato fue un todo, incluido el 1er Proyecto y 1ª licencia que no pudieron ser llevados a cabo.
Hola Veo,
Vuelvo con este asunto pues el problema que tengo es la imposibilidad de continuar las obras, bueno a no ser que me ponga un casco y me ponga a poner ladrillos. Todo lo comentado sucedió ya hace algún tiempo y ahora ni hay técnicos, ni constructora, ni nada, es más, los Promotores no viven en España.
Por eso, en el primer comentario, barajé la posibilidad que, en virtud todo lo que acontece, esto es, cable de luz y construcción en suelo urbanizable no programable, de alguna manera, el Ayuntamiento me revoque la licencia por tales causas. Desconozco si es viable, raro lo es un rato.
Agradezco tu ayuda pues observo que de estos temas sabes bastante.
sí, no habrás de pagar los 11.000 de la licencia, pero sí los 10.000 de las tasas
en cualquier caso, parecen altas esas tasas
convendría mirar la ordenanza municipal, para ver si, además de la gestión técnico-administrativa de la licencia, incluye algún tipo de impuestos sobre la actividad o sobre la construcción, ya que en ese caso no procede el cobro de esa parte que es impuesto
buenos dias, yo solicite una licencia de obra para 10 viviendas en bloque, la licencia tenia una duracion de un año y medio. y como no iba a empezar las obras y tampoco habia pagado la licencia, solicite la anulacion. era un importe de 11000 euros de licencia y 10000 de tasas. ahora el ayuntamiento me dice que la licencia si se anula pero que las tasas las tengo que pagar, ¿esto es asi?. gracias
si no ha habido paralización, que parece que no la ha habido, si solo ha habido una queja, siga adelante con las obras
de momento las obras no se paralizan por una queja, sino por una resolución administrativa, o judicial, en base a un marco legal
el ayuntamiento, a día de hoy, no ha de responsabilizarse de nada porque la obra continúa con licencia
el continuar así, con las obras paralizadas, puede llevar a que un mal día el ayuntamiento le comunique la caducidad de la licencia por haberse agotado el plazo, y su nueva guerra será otra, y más difícil de ganar
No hay ordén de paralización, simplemente, creo, que se pararon por decisión de la propiedad debido a una queja de la cía. electrica y hasta que no quedase resuelto definitivamente.
Entonces llegó la crisis y......
Lo más curioso es que el Ayuntamiento requirió a la Cía. Electrica para que emitiese informe al respecto y hasta esta fecha (ya ha pasado tiempo) no han contestado nada. A lo mejor lo que hay que hacer es mover el expediente, es decir, instar al Ayuntamiento que recabe el informe y en caso de ser negativo (que creo que lo será) que se dicte resolución.
Tengo un caso en el que se concedió una licencia de manera irregular por parte de un ayuntamiento. Mi cliente compró el terreno con licencia y proyecto como una inversíón y comenzó a construir.
Fue entonces cuando le empezaron a poner pegas, por el solar pasa una linea de alta tensión y el proyecto no respetaba la altura y separación debidas a tales lineas. Para ello se hizo un reformado y se bajó una planta. Se concedió licencia para tal reformado y parece que tampoco es válida la solución dada en el reformado. Para más, el abogado del Ayuntamiento ha emitido un informe diciendo que en el suelo donde se ha empezado a construir no se debería haber concedido licencia de obra al se urbano no programable.
Ahora me planteo iniciar una reclamación por responsabilidad patrimonial contra el Ayuntamiento al haber otorgado una licencia de obra que, de no haberse otorgado, mis clientes no hubieran comprado el solar, pero ya ha pasado más de un año desde todo, 1ª licencia, reformado, informe del abogado del Ayuntamiento por lo que, entiendo, en estas condiciones está prescrita tal acción. Por ello, a la vista de todo lo comentado estoy pensando solicitar la anulación de la licencia de obra y cuando me dicten resolución favorable, plantear la reclamación por responsabilidad patrimonial, ¿es viable lo que digo o es una tontería como la copa de un pino?, ¿como iniciar la solicitud de nulidad de la licencia?