Hace tan solo unos meses que he acabado la carrera y ya tengo un procedimiento de divorcio de unos amigos de mis padres y no se como actuar en este determinado asunto, el día 5 de Septiembre tengo la vista y quiero que al hijo menor del matrimonio lo vea el equipo de psicologos del Juzgado,me podrían decir cuando debo solicitarlo y en base a que artículo?
Yo tengo por costumbre, sin citar artículos de la LEC advierto, solicitar, cuando me dan traslado del Auto que señala la fecha para la celebración del juicio, que con carácter anticipado se practiquen pruebas tales como documentales que necesitan oficios o la pericial del equipo psicosocial o la exploración juidicial de los menores.
Hasta le fecha me ha funcionado en los juzgados.
Ten en cuenta que en familia el tema de pruebas suele ser un poco más laxo que en el resto de los procedimientos civiles.
De todas formas andas un pelín pillada de tiempo y aunque lo solicites por escrito tendrás que reiterarlo en el acto de la vista.
Pues... por intentarlo que no quede.
Ya te digo que yo no lo fundamento porque, en realidad no tiene mucho sentido pedirlo como prueba anticipada.
Yo lo que hago es meter la coletila " que me ha sido notificado Auto de fecha... por el que se señala el día ... para la fecha de celebración de la vista en el procedimiento de referencia, y con carácter anticipado al acto de la vista propongo para su práctica las siguientes pruebas...
Y luego en el suplico
"que teniendo por presentado este escrito con sus copias, lo admita y en mérito a lo alegado admita las pruebas propuestas y acuerde lo necesario para su práctica".
Es un poco cacoso pero cuela.
Saludos