Mi padre falleció en el año 2010 , habiendo realizado la declaración de la renta individual y con derecho a devolución.Mi madre esperaba que se le devolviera por vía normal a la cuenta conjunta que tenía con mi padre.
Nos han dicho que hay que hacer una solicitud , los herederos ,para recibir la cantidad a devolver , ¿ me pueden informar que trámites son necesarios para solicitar la devolución ?
Consultando al asesor que nos lleva la herencia de mi padre respecto a la devolucion de la renta todavia no realizada, pero que normalmente era devolver para su inclusion en la aceptacion de la herencia. Me indico que pondriamos una cuenta a nombre de mi padre que no se cancelaria para que ingresaran el dinero. Es eso correcto?
Si el importe es a devolver superior a 2000 euros hay que incluirlo en la aceptacion de la herencia, para que hacienda lo devuelva a los herederos. Gracias