Todo lo expresado bajo el pseudo es una opinión inicial. No debe tomarse ninguna decisión basada únicamente en ella y A10 Herencias no se responsabiliza del resultado de toma de decisiones fuera de una relación normal abogado-cliente que sólo se realiza presencialmente o vía el sitio www.tob-eur-opa.com/herencias especializado en patrimonios y fiscalidad de herencias.
Desde el año 1989 tengo problemas con mi vecino del piso superior,tiene las conducciones de agua en muy mal estado y se niega a reparar.En 1992 obstuve una sentencia condenatoria en 1ª instancia,1996 el agua le fue cortada por orden del juzgado de guardia y actualmente estoy pendiente de que salga otro juicio por una demanda que presente en el 2002 y que ya a sido periciada por un perito judicial.Estas son las fechas mas relevantes,pero llevo ya 15 años,si 15años sufriendo esta penuria practicamente cada dos o tres meses teniendo que poner incluso cubos para recoger el agua.Esta es mi pregunta:Una vez que solucione este problema,podria o deberia pedir alguna indemnización por todos estos años (15) de penuria y por que via. Gracias