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SOLICITUD DE codigo cuenta de contizacion de un Autonomo

2 Comentarios
 
Solicitud de codigo cuenta de contizacion de un autonomo
27/11/2012 20:29
Buenas Tardes:
Soy principiante y por favor necesito ayuda: Haber si alguien me hecha una mano y me despeja ciertas dudas.


Cuando solicitamos para el AUTONOMO un Código Cuenta de Cotización.

mis preguntas son las siguientes:


Cuando rellene el modelo para solicitar el CCC, DEL AUTONOMO, supongo que nos preguntara si para ese CCC, como queremos tener las contingencias comunes y profesionales,

Es decir se puede poner que para ese CCC, tanto las contingencias comunes y profesionales, sea MUTUA NO?

Entonces en este caso mi pregunta es si un trabajador coge un resfriado (contingencia Común), ¿si va al medico de cabecera de la Seguridad Social , este le puede dar la baja de IT , por contingencias comunes, o el medico de cabecera simplemente lo puede ver pero la baja se la tiene que dar necesariamente la MUTUA?


Porque supongo que al medico de cabecera si puede ir el trabajador para que le vea el resfriado o también tiene que ir obligatoriamente al medico de la MUTUA, porque es el único que lo puede ver y además si lo considera oportuno darle la baja.

Buenas Tardes:
Soy principiante y por favor necesito ayuda: Haber si alguien me hecha una mano y me despeja ciertas dudas.


Cuando solicitamos para el AUTONOMO un Código Cuenta de Cotización.

mis preguntas son las siguientes:


Cuando rellene el modelo para solicitar el CCC, DEL AUTONOMO, supongo que nos preguntara si para ese CCC, como queremos tener las contingencias comunes y profesionales,

Es decir se puede poner que para ese CCC, tanto las contingencias comunes y profesionales, sea MUTUA NO?

Entonces en este caso mi pregunta es si un trabajador coge un resfriado (contingencia Común), ¿si va al medico de cabecera de la Seguridad Social , este le puede dar la baja de IT , por contingencias comunes, o el medico de cabecera simplemente lo puede ver pero la baja se la tiene que dar necesariamente la MUTUA?


Porque supongo que al medico de cabecera si puede ir el trabajador para que le vea el resfriado o también tiene que ir obligatoriamente al medico de la MUTUA, porque es el único que lo puede ver y además si lo considera oportuno darle la baja.











28/11/2012 15:26
supongo que eres principiante en una asesoría.
el código de cuenta de cotización de un autónomo es su número de seguridad social, no tiene otro y le vale tanto para el régimen general como para autónomos.
si das un alta en autómonos puedes escoger tener la cobertura de accidentes de trabajo o no. Si la tienes tendrás contingencias profesionales. si no escoges y cotizas sólo tendrás contingencias comunes.
La baja por contingencias comunes para todos los autómonos y también en el régimen general la da, por ahora, el médico de cabecera aunque la prestación la pague la Mutua.
por tanto si un autónomo tiene un resfriado el médico de cabecera de la Seguridad social valorará si está en situación de it y cursará la baja o no.
si un autónomo que no tenga cubiertas las contingencias profesionales se rompe una pierna en el trabajo, será también el médico de la seguridad social el que ahora seguro que cursa la baja, sin perjuicio de que sea la Mutua la que una vez que se le presente la solicitud de pago de la it, sea la que pague y controle el proceso.
si un autónomo que tiene cubiertas las contingencias profesionales se rompe la pierna en el trabajo, será la mutua, es lo normal, la que curse la baja del trabajador previa la declaración de accidente de trabajo.
existe mucha confunsión en estas cuestiones y es muy frecuente que el autónomo cuando va al médico de cabecera y dice que se accidento en el trabajo el médico sin más le dice que vaya a la mutua que es la que tiene darle la baja y no es así en la mayoría de los casos de los autónomos.
saludos
28/11/2012 18:31
muchisimas gracias
mirta
pero mi pregunta va mas enfocada a los trabajadores que tenga ese autonomo

haber yo me refiero a si las contingencias comunes y profesionales de los trabajadores por cuenta ajena los lleva una MUTUA

Porque podria darse el caso que las contingencias comunes de los trabajadores por cuenta ajena esten suscritas con el INSS y la Contingencias Profesionales con la MUTUA NO?

PORQUE CREO RECORDAR QUE ACTUALMENTE LA COBERTURA PARA EL PROPIO AUTONOMO DE LA CONTIGENCIAS COMUNES Y PROFESIONALES TIENE QUE SER NECESARIAMENTE CON UNA MUTUA