Buenas. Hace más de un año, en Andalucía, solicité al Ayuntamiento una declaración de AFO en relación a una vivienda y su parcela (en realidad creo que se trata de una solicitud de informe viabilidad al respecto). El Ayuntamiento no se ha pronunciado de manera alguna en este tiempo, sólo informan verbalmente que el personal que se encarga de estos temas ya no se encuentra y que se desconoce quién ni cuando tramitará estos expedientes (tal cual). El tema es que atendiendo al art. 8.3 del Decreto 3/19:
"El plazo máximo para resolver será de seis meses. Transcurrido este plazo sin que haya recaído resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud por silencio administrativo".
¿Qué podría hacer ahora? ¿Entiendo que simplemente debería entender que la solicitud está desestimada y tendría que acudir al contencioso? Esto imagino que tendría mucha complicación por la exigencia para la declaración de AFO de diversos informes administrativos, de suministros...Por otra parte, visto que el Ayuntamiento no piensa hacer nada en este sentido ¿Podría acudir a la Junta de Andalucía por inactividad del Ayuntamiento? ¿Es más factible dirigirme al Defensor del Pueblo?
La posibilidad de intentar hablar con los gerentes de Urbanismo, Concejal...ya está agotada sin resultados.
Conforme al artículo 6.1, "El procedimiento para el reconocimiento de la situación de asimilado a fuera de ordenación se iniciará de oficio o a solicitud de persona interesada"
Por tanto mientras el Ayuntamiento no notifique el acuerdo de iniciación no puede dictar resolución expresa y, como es obvio, el plazo de seis meses no puede correr.
En caso de que el acuerdo de iniciación fuese denegatorio la notificación deberá motivarse.
Hola, en primer lugar muchas gracias por su respuesta, comprobando la instancia formalizada que me facilitaron en su fecha, efectivamente la solicitud que presenté es una solicitud de "informe urbanístico para AFO". ¿Qué salida tengo entonces? ¿no existe un plazo para entregar este informe o bien para acordar el inicio del procedimiento? ¿Cómo puedo actuar ante una administración totalmente paralizada?
Pues en ese caso debe echarse un vistazo a la ordenanza municipal reguladora del procedimiento de estas solicitudes o en su defecto, la ley, decreto u orden que regulen los AFO
Hola. Aún sigo en la misma situación. No hay ordenanza que regule los AFO en este municipio. No hay respuesta alguna del Ayuntamiento. La regulación al respecto, entiendo, como dije en mi primer mensaje es al art. 8.3 del Decreto 3/19:
"El plazo máximo para resolver será de seis meses. Transcurrido este plazo sin que haya recaído resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud por silencio administrativo".
El problema es que la solicitud que se hizo es para "informe urbanístico para AFO", no viene más. Imagino que es el paso previo para iniciar el expediente en caso positivo.
¿Qué podría hacer ahora? ¿Entiendo que simplemente debería entender que la solicitud está desestimada y tendría que acudir al contencioso? Esto imagino que tendría mucha complicación por la exigencia para la declaración de AFO de diversos informes administrativos, de suministros...Por otra parte, visto que el Ayuntamiento no piensa hacer nada en este sentido ¿Podría acudir a la Junta de Andalucía por inactividad del Ayuntamiento? ¿Es más factible dirigirme al Defensor del Pueblo?