Hola, tengo una pequeña casa en el campo que se construyó en el año 2005 como casa de aperos pero no cumplió la norma y fue sancionada. La sanción se pagó en el año 2006. Actualmente pago IBI, basura y agua e incluso la pude inscribir en el registro.
Mi intención es poder inscribirla como Vivienda Turística de Alojamiento Rural (VTAR) para alquilarla y me gustaría saber si realizo los trámites para que sea reconocida como AFO la Junta de Andalucía no me pondrá problemas para poder inscribirla como VTAR sin tener licencia de primera ocupación sino que lo que tendría sería esta denominación de AFO.
Gracias a quien me pueda ayudar a aclarar este tema.