Suele pasar que lo que dicta el juez no queda claro o se deja algo, entonces procede a pedir una aclaración.
Pero que pasa cuando no se entiende lo que pide el fiscal en su escrito de acusación? Se le pide al fiscal que aclare un aspecto ambiguo ya que no se entiende y responde que no tiene la obligación de aclarar nada.
No, no existe procedimiento previsto para aclaración de escritos de parte, sin perjuicio que puedas presentar escrito al juzgado o hacerlo notar en el momento procesal que sea pertinente. No obstante, en el procedimiento penal el Ministerio Fiscal no ostenta (por mucho que a algunos les duela) ninguna superioridad o, mucho menos, supremacía procesal. Sus escritos son, a todos los efectos, escritos de parte.
Es que tenemos paralizado un tema civil por prejudicialidad penal. La magistrada del civil paraliza la causa civil por el escrito de acusación del fiscal de la causa penal y se pasa por el forro el auto posterior de apertura de juicio oral del magistrado de la misma causa penal. El fiscal hace una acusación sorpresiva (creemos por error) de Pepe X. Este Pepe X no está investigado, ni encausado pero el fiscal lo acusa. En el auto de apertura de juicio oral no aparece el tal Pepe X. Que se lo hemos aportado al civil
Le hemos pedido al fiscal que aclare su escrito, pero se niega.
Dejando de lado que a nuestro entender el fiscal en su escrito de acusación no acusa al tal Pepe X, entiendo que la magistrada del civil otorga al fiscal una posición por encima del juez instructor y estamos alucinando.
Ante el empecinamiento de su señoría, no le quedaría a usted más remedio que recurrir el auto en apelación ex Art. 41 LEC por infracción del Art. 40 de la misma norma procesal.
Nótese que el Art. 40 no habla necesariamente de identidad de partes, simplemente los *hechos*: (i) deben tener conexión con las pretensiones de las partes y (ii) tenga(n) influencia decisiva sobre el asunto.
Yo entiendo que el/la magistrad@ del civil está prevaricando ya que se trata de
1-Una mala apreciación de la prueba, es decir para el/ella el fiscal acusa y si acusa Pepe X puede ser condenado y eso tendría una influencia decisiva sobre el asunto.
Le presentas el auto de apertura y certificaciones penales donde dicen que Pepe X no está acusado
2- Pues dice que eso no tiene nada que ver porque el fiscal en su escrito de acusación acusa a Pepe-X
Los requisitos de la prevaricación judicial son, por razones obvias, muy estrictos. Considero que tendrías muy pocas probabilidades de hacer prosperar una denuncia por prevaricación judicial. No obstante, estas en todo tu derecho.
Creo que sería muchísimo más útil y rápido recurrir en apelación, que es el cauce legalmente previsto para solucionar el brete procesal en el que te encuentras.
Me parece todo tan surrealista que un día llegaremos a ver una condena basada en que el acusado se teletransporto de una punta a la otra del mundo cometió el delito y volvió a teletransportarse. No sé, basar una prejudicialidad en base a lo que dice el fiscal y no lo que dice el juez instructor, para mí es prevaricación. De todas formas gracias
La denuncia, cuando se presenta con abogado y procurador, y la querella son, a efectos prácticos lo mismo.
No toda actuación "no ajustada a derecho" colma los elementos del tipo de prevaricación judicial. Si esto fuese así, toda estimación de un recurso devolutivo terminaría con la inhabilitación del juez a quo.