Si ustedes ya no conviven, hay abundamente jurisprudencia que declara que existiendo cese de la convivencia conyugal, es la fecha de la separación de hecho la que hay que tener en cuenta como fecha de disolución del régimen económico matrimonial.
Coincido con el compañero. Si están casados en régimen de gananciales, el préstamo será ganancial, y por tanto, una deuda que, hecha la liquidación, corresponderá al 50% cada uno.
Si están casados en gananciales, tiene que tener cuidado para que el préstamo no pertenezca a la sociedad de gananciales, pues habría que liquidarlo. Pueden hacer separación de bienes antes de divorciarse y solicitar el préstamo.
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Es posible solicitar un préstamo antes de que firmemos el divorcio para poder aprovecharme del tipo de interés que me ofrecen al estar las cuentas familiares en ese banco y ellos saber nuestra situación económica? El préstamo lo solicitaré y lo pagaré yo exclusivamente. El divorcio será de mutuo acuerdo sin que haya ningún bien a repartir. Al solicitar el préstamo habría que hacer algún tipo de liquidación o incluir ese préstamo en los acuerdos del divorcio?