Parte de la base que los recursos se plantrean frene a resoluciones que contravienes intereses.
Si no se ha dictado resolución alguna, me contyarás que es lo que recurres.
Como dice Anina se har apor una mera solicitud. Esto no quieta qpara que los argumentos puedan ser los mismos que se pudieran utiliza ren cualquier recurso.
Pero, no onstante, te daría un consejo ( y creeme que funciona mas de los que la gente piensa).
No pidas por pedir.
Has de tener en cuenta que cuando un Juez ordena el ingreso de alguien en prisión esta acordando la medida más grave que regula el derecho español.
POr ello la modificación nunca obedecera a cuestiones caprichosas. Hay que darle una salida airosa al Juez ( en su caso al Tribunal). Como norma general, y lamentablemente no es el caso que expones, deberás solicita ralguna diligencia de prueba que, tras su práctica, le deje la puerta abierta al juez para que modifique su decisión inicial. Deberas hacerle ver que las circunstancias se han modificado con el devenir del tiempo, uqe cuando acordoó la prisión estuvo acertado, pero que, en este momento, quizas la permanencia resulte inútil y poco conveniente. Ofrecele la salida en bandehja de plata.
Aún así es muy difícil. Concienciate, conciencia a tu cliente y consuela a la familia.
Si el asunto está, como dices en la Audiencia agarrate a que la instrucción finalizó. Pero repito, y habrá que estar a las circunstancias del hecho y del preso, es muy dificil. No te desanimes en ninguno de los caso.
Yo nunca los planteo como recurso de reforma porque no creo que lo sean sino como un escrito normal solicitando la modificación de la situación de prisión, de hecho en los formularios que yo he manejado también lo plantean así.
Se dirije a la AP que es el que está conociendo del caso.
Ah! y según mi experiencia (que claro, es mia y en mi ciudad), como quede poco para el juicio va a llevar muy malito lo de salir.
Saludos
un interno que lleva como preventivo unos 9 meses. Para realizar un escrito para solicitar su libertad se plantea como recurso de reforma (a pesar de que en su momento ya se puso reforma contra el auto de prisión) o no? A qué juzgado lo dirijo, al de instrucción que conoció en su momento o a la audiencia provincial que es donde ha derivado el caso (es contra la salud pública). Gracias.