En abril del presente acudí a un despacho de abogadas a solicitar la educación a distancia o domiciliaria para mi hija así como la autoría de mis trabajos vinculados a la logse y en concreto al R.D. 1333 de E. Infantil.
La subdirección de menores abrió un expediente contra mi persona 1l día 14 de abril indicando que estaba mal de la cabeza y ponía en riesgo a mi hija.
El despacho no ha impedido que dicho expediente se abra y se curse, solicitando pruebas psicológicas refrendadas por un perito judicial. ¿Es lícito dejar sin defensa? Por otra parte, mi hija se encuentra sin la documentación que debería estar recogida en su historia médica. Las instituciones no denuncian esta situación en el juzgado ¿A qué tipo de derecho se pueden estar acogiendo?
Entiendo que si tu hija tiene algún incoveniente para ir al colegio, debes exponer en la Consejería de Educación de tu Comunidad Autónoma y ellos te indicarán lo que debe hacer.
Entiendo que no procede que tu establezcas lo que se debe hacer.
La educación es un derecho de tu hija y corresponde a la Administración evaluarla y disponer la forma que tiene de educarse.