Hasta que punto es normal solicitar gastos de farmacia,zapateria y material escolar. Y sobre todo es legal hacerlo juntando todos los gastos de dos años y encima sin antes ponerlo en conocimiento de la expareja?
se supone que en el convenio debe especificar qué gastos son extras y qué gastos van incluidos en la manutención. Normalmente gastos como zapatería van incluidos en la manutención, por lo que no debe abonarse en concepto de extra. Por otro lado los gastos extra debe ser consultado y aprobado a la expareja, ya que esta puede negarse (por ejemplo un gasto por una clase de equitación) o bien encontrar un presupuesto mejor (unas gafas). Si no se ha consultado creo que ese cobro no se puede hacer.
pues si no especifica los únicos gastos que de entrada se consideran extras son los gastos médicos (gafas, aparatos etc) pero creo que igualmente, si no se consultan no tienen porqué abonarse. A ver si algún abogado se lo puede confirmar.
mamen, entiendo que no, que sean anuales no significa que sean extraordinarios, está caro que si tu hijo está en edad escolar, necesitará libros , matricula, etc. Al igual que tambien estamos obligados a pagar la pensión de alimentos el mes de vacaciones.
si no se especifica nada, todo lo referente a vivienda, bestuario, educacion esta incluido en la pension alimenticia incluida los gastos de la escuela, matriculas libros, material (todo eso es un gasto de educacion)
y segun la ley esta todo dentro de la edecucacion, pero muchos jueces consideran (proia decision) k son extraordinarios, pero no pk realmente lo sean, si no pk ellos lo creen asi.
y sobre los gastos extraordinarios, si tampoco no especifica nada son: gafas, ortodoncias o cosas medicas k no entren por la s.social (estos tres asunto kieran o no se han de pagar)
En nuestro caso los niños estuvieron en casa desde el finales de junio hasta el 15 de agosto,se les compro ropa,ya que la que traian no valia ni para trapos y todo lo que les hizo falta, incluyendo libros de deberes pedidos en el colegio.incluso se llevo a la niña a un nutricionista pues tiene problemas de sobrepeso. Aun asi la madre sigue pidiendo lo que se le pasa por la cabeza y encima ni consulta ni comunica gastos en el momento que los hace sino que reune hasta x cantidad y luego los reclama.
Soy Carmen Varela, abogada especializada en derecho de familia(www.circulolegal.com) Este tranquilo, ni la farmacia, ni la zapateria son gastos extraordinarios y por tanto no tiene que abonarlos pues ya se entienden incluidos en la pension alimenticia que satisface.