El administrador no tiene obligación de exhibir documentación de ejercicios cerrados y liquidados. En cuanto al ejercicio corriente si tendría obligación de hacer exhibición, si bien puede exigir que ésta se haga en su despacho -lugar de trabajo- en la fecha en que, según la agenda del profesional, lo estime más oportuno.
Pedir claro que se las puede pedir, pero eso lo debe de hacer en la junta anual donde se aprueban los gastos! Fuera de ese marco, no creo que se las enseñe, no tiene ninguna obligacion, quien DEBe de mirar las facturas es el presidente, cuando firma el talon para pagar dicho gasto.
hola pienso que el administrador de mi comunidad esta equivocado con unas cuentas, puedo pedirle las copias de algunas facturas y los movimientos bancarios del año 2016 saludos Angel