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Solicitar complemento por hijos en ipt

1 Comentarios
 
Solicitar complemento por hijos en ipt
03/11/2021 19:13
Buenas tardes, en Enero 2021 me concedieron un Incapacidad Permanente Total y quería saber si me pueden ayudar en una cuestión.

Quería saber si puedo solicitar el complemento por hijos, soy hombre y estuve en reducción de jornada para el cuidado de mis hijos, tengo 2 hijos y estuve en reducción desde el 2004 hasta primeros del 2017.

¿Puedo solicitar dicho complemento? ¿Que tendría que enviar a la Seguridad Social en caso de que pudiera pedirlo?.

Muchas gracias.
05/11/2021 18:38
Reblan
Para que puedan solicitarlo los padres deben concurrir alguno de estos requisitos:

Causar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos o hijas en común, siempre que alguno tenga derecho a percibir pensión de orfandad.
Causar una pensión de jubilación o incapacidad permanente y haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción, con determinadas condiciones relacionadas con la cotización:
En el supuesto de hijos o hijas nacidos o adoptados hasta el 31/12/1994 el requisito es tener más de 120 días sin cotización entre los 9 meses anteriores al nacimiento (o fecha de resolución judicial de la adopción) y los 3 años posteriores a dicha fecha, siempre que la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer.
En el supuesto de hijos o hijas nacidos o adoptados desde el 01/01/1995, que la suma de las bases de cotización de los 24 meses siguientes al del nacimiento o adopción sea inferior en más de un 15% a la de los 24 meses inmediatamente anteriores, siempre que la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de as pensiones que le corresponda a la mujer.
No haber sido privado de la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.
Tampoco se reconocerá el derecho al complemento al padre que haya sido condenado por violencia contra la mujer, ejercida sobre la madre. Ni al padre o a a madre que haya sido condenado o condenada por ejercer violencia contra los hijos o hijas.