compré un solar urbano en subasta de la agencia tributaria. En la subasta ya constaba que no habían podido casar el IDUFIR (con el cual saqué una nota simple) con la referencia catastral. Yo con el idufir y las fotos lo identifiqué in situ, saqué su referencia catastral y el titular (que coincidía con el titular al cual se subastaba el bien)
Me lo adjudiqué, pagué el remate y recibí el acta de adjudicación.
con todo esto pagué Impuesto de Transmisiones, hice en ayuntamiento comunicación de plusvalía municipal y, finalmente, me lo han registrado a mi nombre.
Después de todo el trámite, en el registro me ponen "no quedando la finca coordinada gráficamente con el Catastro a fecha del asiento a los efectos previstos en la ley 13/15 y no dejando constancia de la referencia catastral". . Además, hacen constar expresamente la falta de referencia catastral a día de la fecha, incumpliendo con la obligación del artículo 53.3 de la ley 13/96 de 30 de Diciembre
¿Qué podría hacer para arreglarlo? ¿Alguien me puede ayudar?
En el registro deberían explicar el significado, es posible que falte una descripción gráfica georreferenciada de la finca transmitida, utilizando como base la cartografía catastral.
Quizá el contenido del siguiente enlace pueda ser útil.