sí, supongo que sí, pero no cabe esperar una aceptación instantánea
por lo leído, esta mañana han comprendido la exposición y han aceptado el planteamiento
pero ya sabemos que la Administración tiene su dinámica, y así, según mi interpretación:
- en un primer momento, con el plano del Plan a la vista, advirtieron que se estaba haciendo movimiento de tierras en una porción de suelo calificado como equipamiento, e iniciaron un expediente disciplinario ... nada más lógico
- presente la propiedad, le dicen lo que hay (lo que realmente indica el plano), y más o menos le vienen a decir que ahí no pueden construir, que es suyo (no cuestionan el derecho de propiedad (faltaría más, aunque si miraran el catastro quizá pensaran que esa porción no es de la parcela), que posiblemente termine expropiado (opinión a la caída, también bastante lógica) y que han de aceptar la renuncia a cualquier posible incremento de valor por lo que hayan hecho allí (también es lógico) ... y es que incluso es frecuente que dos porciones de una misma parcela tengan calificación distinta, e incluso clasificación distinta.
- lo que le han dicho hoy ha sido otra ocurrencia, también a la caida, dejando caer que, si es un pequeño error cartográfico, habrá que resolverlo en un futuro, en la próxima revisión del plan.
Suelo quejarme de que muchos de los funcionarios son "p e r e z o o o s o s", y, aparte de los perezosos, en general prefieren la inactividad ante la mínima sospecha de que sus actos puedan comprometerlos. Y así, hoy toman nota, proponen que se alegue respecto al posible error en relación con el expediente de infracción en curso, y manifiestan que mejor que todo quede parado (el chollo es no hacer nada) hasta la próxima modificación del Plan. Y es que no hay nada como un trabajo así, aunque no sé si tienen valores qué transmitir a sus hijos.
porque nosotros (tú y yo, entre otros) estamos acostumbrados a tener que hacer todo tipo de suposiciones ante la falta de datos, porque si dudamos tratamos de conocer sobre el asunto antes de pronunciarnos, porque la casuística es muy diversa y no hay respuestas de aplicación universal, pido esa referencia catastral ... y veo que lo que hay allí no es un área desordenada, sino un suelo urbano consolidado, de alto standing y lindante con un campo de golf, en el que el los lindes del plano catastral no coinciden con los de la parcela (divergencia relativamente pequeña, y en solo dos parcelas), por lo que no veo lógico que esa línea surja como necesidad de cumplir con la superficie mínima de equipamiento, porque gráficamente son menos de 400 m2, entre las dos parcelas, que se adosan a un campo de golf de más de 10 Ha. El que fuera una urbanización de alto standing con campo de golf lleva a pensar que fue el resultado de un plan parcial, con sus planos parcelarios definidos en detalle, y hasta hace pocos años un plan parcial no era modificable por un plan general. Hoy el plan general puede modificarlo, pero ha de justificarlo suficientemente, no solo en planos sino también en memoria, y en este caso el que el alcance de la supuesta modificación fuera menor del 0,4% de la superficie del equipamiento, me ha llevado a sospechar que podría haber un error cartográfico ... y buscando, aparece.
Yo también creo que pueden resolverlo definitivamente mediante una Interpretación, a la que se daría la debida publicidad, sin que fuera necesaria una modificación puntual para corrección de errores ... pero para eso, para resolvelo del modo que sea, se necesita voluntad y compromiso. Lo grave del asunto, no solo de este asunto, es que su dinámica es tan fuerte, y la capacidad de reivindicación del ciudadano está a tan bajo nivel, que ya han conseguido que nos resulte molesto exigir hasta lo más básico. Así aceptamos la pereza, la desidia, e incluso la corrupción ... porque hace tantos años que llueve tanto, que no nos quedan fuerzas para pelear.
Sí, ya sé, a ti te quedan ... y a mí también, pero menos, y por eso lo escribo aquí ... por si alguien más quiere leerlo, porque esto también es una forma de lucha por la justicia y la igualdad de oportunidades
Si estáis diciendo que es la cartografía del plan revisado, y no la normativa, la que prevé esa porción de suelo para equipamiento, perfecto, pero para resolver la contradicción entre esos documentos no será preciso esperar a una nueva revisión del plan, bastará con la interpretación que haga el ayuntamiento de los mismos.
Alga, pues es fácil de entender
Existe un Plan, el anterior, que delimita de manera coincidente con el parcelario real y que, aunque no está probado a mis ojos y a día de hoy, presumo que coincide con el plan parcial aprobado en su día
El Plan vigente, modificación del anterior, altera esa línea que separa el espacio residencial del espacio de equipamiento, que afecta únicamente a dos parcelas, pero NO HACE referencia alguna a esa modificación (al menos, yo no la he visto, y me lo he chupado en catalán)
Por otra parte, el plano catastral coincide con el del Plan vigente en el sentido de que recoge como lindes de parcela los de la calificación de suelo residencial, y no reconoce como perteneciente a la parcela la porción calificada como equipamiento.
Como he indicado, ahora no sé cómo acceder a los planos catastrales anteriores (hace unos 10 años podía hacerlo con bing), y mi sospecha es que ha habido una alteración del plano catastral (no sé cuándo), y ese plano catastral fue la base cartográfica para la redacción de la revisión del Plan. Esto se refuerza por el hecho de que, previa a la modificación del Plan, hay un plano general de viario (de escala del orden de 1:10.000), en el que se observa una alteración en ese linde. No sé si ese plano pertenece al Plan anterior, pero que en todo caso quedaría invalidado por los planos de mayor detalle (escalas 1:2.000 y 1:1.000).
A mis ojos se trata de una contaminación en la base cartográfica, y no el resultado de una modificación premeditada.
Puedes estar de acuerdo, o puedes decir que no te parece prueba de error suficiente ... pero entenderlo, no tengo duda de que lo entiendes
Pues sinceramente no lo entiendo, tu explicación o la de los técnicos municipales me parece contradictoria.
Si tal clasificación no aparece en ningún lugar no puede haber sido un error del POUM una clasificación inexistente.
Por otro lado, tampoco es posible en una futura revisión del planeamiento, quitar o eliminar una reserva de suelo para dotación deportiva que no está contemplada en el plan sometido a revisión.
Buenos días,
Después de tener la reunión os puedo dar noticias.
Tanto técnicos como urbanismo han reconocido que se trata de un error del plan de urbanismo , puesto que en ningún lugar aparece y nadie dio orden de esa nueva recalificacion del terreno. ( Ahí he de agradecer los planos que me enviaste Veo, que me han servido de mucha ayuda para recalcar este tema ).
Llegados a este punto , nos han recomendado, parar la sanción, justificando que ha habido un error en el plan de urbanismo del 2009 , y solicitando que el tema se quede parado hasta la.próxima revisión del plan de urbanismo vigente . Donde no han afirmado que se incluirá esa modificación y por tanto una vez aprobado el nuevo plan podremos legalizar esa parte de movimientos de tierra que hemos ejecutado .
Os mantendré informados deL tema .
Eso sí, agradeceros mucho que me hayáis ayudado. Sobretodo a ti Veo , que con tus aportaciones has hecho que vaya a la reunión convencida de lo que es mio !
Sí, siento curiosidad por conocer la explicaciones de los técnicos municipales, aunque pocas pueden dar si el planeamiento clasifica una parte de la finca para equipamiento deportivo.
Gracias por toda la información, por lo menos mañana voy algo más preparada para la reunión.
La verdad es que tienes toda la razón del mundo , en este tema hemos sido demasiado confiados y como tu dices nos ha pillado el toro bien .
Ya habíamos comentado la posibilidad de ir acompañados a la reunión de mañana con un abogado, pero pensamos que primero sería mejor ver la buena fe y en función de como transcurriera todo , ir por la vía legal .
Espero tus noticias y poder explicarte como ha ido la reunión.
Alga, no es el caso
Monigm, te resumo:
- existe una web municipal en la que está el planeamiento: seu(punto)matadepera(punto)cat
allí, en informació municipal, da acceso a muchas cosas, y entre ellas al planeamiento vigente
- he visto y recopilado información suficiente para llegar al convencimiento de que la totalidad de la parcela es residencial, y esa mancha desbordada de sus lindes, por error o voluntaria, es ilegal
- no he podido acceder al plan parcial de ese área, y es que de entrada no sé cómo se llama, pero, independientemente de eso, las casas que hay construidas a ambos lados ya lo estaban en 2002, por lo que el plan parcial debe ser anterior ... y es lógico que no esté en la web, porque en ese ayuntamiento se desarrollaron muchos planes parciales, sin duda más de cien
- sé que en el plan general anterior la parcela estaba bien delimitada
- creo que sé qué es lo que ha inducido al error cartográfico
- hace unos diez años, creo recordar que desde bing.maps, podía acceder no solo a las ortofotos y vista de pájaro, sino a la evolución de los planos catastrales, lo que no he podido hacer ahora y creo que de lograrlo puedr arrojar resultados ilustrativos
- no entiendo cómo el arquitecto que redactó el proyecto de la construcción que se ve en obras en la ortofoto de 08/2016, no observó el problema o no lo asumió como suyo
- no entiendo cómo te ha pillado el toro, cómo, solo para salir de un problemilla inmediato, has firmado cosas que no puedes valorar, tú que puedes permitirte un asesoramiento de calidad
- te enviaré cosas al correo, cuando tenga un rato más libre
Por supuesto, el planeamiento del sector dentro de cuya delimitación se encuentra la parcela, debe indicar la reserva y superficie del suelo para cubrir 4,5 m2/habitante, indicada en el Plan Director de Instalaciones y Equipamientos Deportivos de Cataluña.
De ese modo, la obtención de estos suelos queda vinculado al desarrollo urbanístico de los sectores previstos en el POUM.
Recordad que en suelo urbanizable es un deber de los propietarios de esa clase de suelo la cesión de una porción de las mismas para dotaciones públicas, así como de realizar las obras de urbanización necesarias para poder edificar en ella.
Obras de urbanización que igualmente deberán cederse al ayuntamiento antes de ocupar la edificación.
ya he visto tus planos, y es tal como me lo suponía, pero solo son conjeturas porque todavía no he accedido al planeamiento (tampoco he tenido tiempo a ver si ya funciona)
ya te diré algo cuando tenga algo qué decir
si son comentarios generales, lo haré aquí
si son opiniones "políticamente incorrectas", lo haré en tu correo
Creemos que la.persona que tenía que tirar las líneas del nuevo plan urbanistico tiro recto , sin tener en cuenta la parcela nuestra y del vecino que también le ha pasado lo mismo.
Lo. comunicamos al ayuntamiento , y nos dijeron que podría ser pero que hasta un nuevo plan urbanistico no se podría mirar .
Ya ves como están las cosas !
Te envío por e-mail los planos que tenemos para que veas porque pensamos que ha sido un error del técnico. A parte , claro está porque solicitamos al ayuntamiento que nos dijeran exactamente donde salía la recalificacion del solar en el plan de urbanismo, que nos dijeran que tiempo habían dejado para que el antiguo propietario recurriera etc ...y eso lo han ignorado .
lo puse, y se veía
el asunto es que el moderador del foro, a veces, borra los enlaces y las direcciones de correo, pero no está al quite y pueden verse un buen rato o unas horas
mi correo es
a ver si se mantiene
sí, he mirado la web del catastro, e indica 1.332 m2
tendría ahora que decirte que conviene pedir la modificación, con un coste accesorio de tener que hacer un levantamiento taquimétrico de las parcelas a modificar, referenciadas en coordenadas UTM con gran nivel de precisión y en un formato específico (tiene que hacerlo un técnico, en general topógrafo, con equipos modernos y claramente instruido en ese sistema), y además tiene que ser con acuerdo de todos los propietarios de cada una de las parcelas que resultan modificadas.
He omitido inicialmente ese comentario porque quizá sea innecesario, porque, aunque estoy pendiente de acceder al planeamiento, supongo que eso será el resultado de un Plan Parcial (me lo sugiere el campo de golf) y, siendo así, ha de haber un plano de reparcelación en el que las parcelas estarán debidamente delimitadas, y las superficies allí reflejadas serán las registradas y las únicas con valor legal (quizá sean 1.418 y de nada valdrán en derecho los 1.432), pero no he querido anticiparme a eso porque, a falta de acceder a esos planos, son simples conjeturas. Del mismo modo, sería conjetura decir que no va a ser verdad lo de los 195 m2 de suelo deportivo, que los 1.418 m2 son parcela neta edificable, pero solo digo que no es lógico, y no lo afirmaré hasta que pueda comprobarlo.
en gencat.cat me indican que en este momento está en mantenimiento la web de planeamientos
en la web municipal no lo veo, pero será cosa de unas horas, por lo que espero poder acceder más tarde
y el comentario anterior, sobre la privacidad, no lo decía especialmente por ti, sino que lo decía en general, porque es un tema recurrente, nunca lo había dicho y tenía ganas de decirlo ... aunque antes de eso te he dejado mi correo, porque, por encima de ese pensamiento, está mi respeto a que cada cual elija su nivel de privacidad
lo de firmar sin asesorarse ha estado mal
tu firma es algo que te pertenece en exclusiva, a lo que nadie te puede forzar, y de lo que respondes indefinidamente
no, no pueden hacerse modificaciones de planeamiento sin la debida publicidad, que será con comunicación individual al propietario en casos de planeamiento de desarrollo, pero será exposición pública en casos de planeamiento general.
yo propongo la indicación de la referencia catastral porque permite su localización, y de ahí su visión en maps, y muy probablemente el acceso al planeamiento
te dejo mi correo por si prefieres hecerlo en privado
pero, porque es frecuente el caso de quien prefiere dar mil explicaciones y no indicar la referencia catastral, aprovecho para decir que no entiendo, y me trae a la cabeza ese anuncio de la tele en la que el matrimonio mayor cuenta como de chavales querían darse el primer beso y lo hicieron en un partido aprovechando un gol, y, como cuentan, un fotógrafo les apuntó y salieron en portada, enterándose la familia, y TODA ESPAÑA ... ni que toda España estuviera vigilante por cuándo una pareja se da el primer beso, ni que fueran los primeros, ni que hubieran nacido de esporas.
"es que pueden enterarse en el ayuntamiento" ... ¡pues claro!, y toda España, y todo el mundo ... pero lo que no tiene sentido es ocultar tu legítimo derecho a asesorarte, a consultar a un técnico, a un abogado o a un amigo, para buscar solución o explicación a un problema
No, no ...las obras siempre se han hecho con licencia y pagada. Ese tramo ya nos indicaron algo , pero jamás pensamos que por nivelar nos dijeran algo , y más cuando do el ayuntamiento te dice por teléfono que no habrá problema que es todo cuestión económica...que si firmamos un documento donde ponga que si el día de mañana hay una expropiación, renunciamos al incremento del valor ....y eso hicimos .
Pero dime...se puede recalificar jna parcela sin que nadie se entere ? donde puedo buscarlo ? porque en el plan de urbanismo no lo encuentro .
estáis haciendo obras sin licencia, y quizá por eso no os habéis enterado antes
si hubiérais ido al ayuntamiento, previo a iniciar ese cierre y ese movimiento de tierras, ambos sujetos a licencia o al menos a declaración previa, os lo habrían dicho
si indicas la referencia catastral, podremos tratar de echarle un ojo, y explicarte tus derechos