Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Solar/terreno catalogado como urbano de uso industrial

3 Comentarios
 
Solar/terreno catalogado como urbano de uso industrial
22/08/2024 14:00
Buenos días:
Mi hermana y yo heredamos hace años un solar de mis abuelos paternos (mi padre ya había fallecido hacía muchos años) y lo queremos vender. El tema es que en el catastro está catalogado como Urbano y de uso Industrial, cosa que nos extraña porque ahí estuvo construida la casa de nuestros bisabuelos, concretamente en el año 1900 (fecha que indica el catastro).
Necesitamos saber si se puede construir dentro del mismo.
Es un solar de 184 metros cuadrados, ubicado en el núcleo urbano de un pueblo de Segovia y colindante a otras casas. Hay salida de agua en su interior.
Muchas gracias!
22/08/2024 14:32
El Catastro no siempre está bien ni concuerda con la realidad urbanística. Tienes que preguntar en el ayuntamiento y que te digan como está categorizado el suelo donde está el solar, en base al Plan General de Ordenación Urbanística que esté vigente en el municipio. Algunos ayuntamientos tienes los planos de categorización del suelo y los de la urbanización pormenorizada colgados en sus webs y lo puedes ver online y otros no. En las páginas web de los gobiernos comunitarios también suelen estar los planes urbanísticos, ordenados por municipios. Si no los encuentras en las webs, pide citan en el ayuntamiento y explícales lo que quieres saber, ellos te dirán que establece la normativa actual respecto al suelo donde está la parcela.
29/08/2024 13:23
ehlh
Olvídate del catastro.

Para saber si es posible construir en vuestra parcela y si el municipio tiene menos de 20.000 habitantes, debes presentar una solicitud en el registro municipal para que el ayuntamiento, en el plazo de dos meses, le informe por escrito del régimen urbanístico aplicable al terreno concreto, La certificación que te expidan perderá su eficacia pasado un año.

Si la población del municipio es superior a 20.000 habitantes y tiene PGOU aprobado, el ayuntamiento debe tener aprobada la respuesta a la consulta urbanística , el ayuntamiento debe
tener un documento normalizado mediante ordenanza, por lo tanto, deberás acceder a ella para saber la forma y requisitos de la solicitud.
29/08/2024 13:27
Disculpa, donde digo "debe tener aprobada la respuesta a la consulta urbanística" debe decir "debe ter aprobado documento normalizado para acreditar la respuesta a la consulta urbanística"