Necesito jurisprudencia respecto a la posibilidad de edificar en una parcela en la que se solapan dos ordenanzas de suelo urbano de manera que el frente de la misma se encuentra en una y la parte interior en otra. Lo que se pretende es, al tratarse de un único solar y un único propietario, edificar en las dos ordenanzas de manera que se considera que la interior posse todos los servicios a través de la fachada de la finca situada en otra ordenanza.