Entonces siguiendo el mismo razonamiento de tu "profe" todo trabajo que se realiza sólo es ilegal, se haga de noche o de día. Porque aunque sea de día si estás sólo y tienes un accidente tampoco te puede socorrer nadie, o no?
No le des más vueltas, es legal. En cualquier caso mira a ver si en la empresa tienen avaluación de los riesgos de los distintos puestos de trabajo, compruebas a ver que clase de riesgos tiene el tuyo, y si no viene incluido ese riesgo comentas a quien corresponda que se tenga en cuenta el hecho de estar sólo sin posibilidad de auxilio nocturno. Quizás no incorporen un segundo trabajador, pero puede que te doten de modios ténicos que te permitan ponerte inmediatamente en contacto con el exterior.
Muchas gracias por la respuesta. Pero nosotros no tenemos plus de peligrosidad. Y recuerdo que en alguna de las clases cuando estudiaba derecho laboral, el profe comento que no se podia, mas que nada pq en caso de accidente no habria quien socorriera al accidentado. Thanks.
No, porque para eso existen los contratos de turno nocturo y los pluses de peligrosidad si el turno lo tuviese.
En el Estatuto de Trabajadores no dice que sea ilegal, si es eso lo que quieres saber.
Símplemente se regula las condiciones bien en el ET bien en el convenio.
Saludos
Por experiencia propia, te diré que sí.
Trabajo en el turno de noche en una empresa en la que nisiquiera tengo seguridad (ya que el de seguridad marcha a las 11).
Supongo que en vuestro convenio vendrá establecido las características del mismo y las condiciones en que se han de llevar a cabo las funciones del puesto de trabajo, pero lo dicho, yo trabajo todos los días de 12 a 6.
Un saludo
¿En el turno de noche puede trabajar sola una persona? la empresa alega que como en el edificio contiguo hay un guarda de seguridad no esta sola. Se trata de dos edificios contiguos de tres plantas.