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Sofá roto y deja el piso

3 Comentarios
 
Sofá roto y deja el piso
09/06/2014 21:32
Buenas tardes a todos,
Necesito ayuda, ya que tengo una duda.
Tengo un piso alquilado hace 10 años y el inquilino me llamo para decirme que el sofán se ha roto para y que le comprara un nuevo. Ya que esta en el inventario del contrato de alquiler y como siempre que ha roto algo lo he pagado yo, de hecho seria el 2 sofá, aunque sea por el uso y disfrute que hacen los inquilinos. Aunque esta vez les he dicho que no ya que llevan 10 años y tiene que pagarlos ellos. ¿no se si es correcto?
Como contrapartida me ha enviado un burofax avisando que se van en 2 mes. El contrato venció en mayo y supuestamente se prorroga tácitamente por años ya que la renta esta pactado por año, y mi dudas es ¿puedo por incumplimiento de contrato quitarles la parte proporcional de la fianza como indemnización por el tiempo que se van antes? ¿He hecho bien a decirles que tenían que reponer ello el sofá?
Muchas gracias a todo por vuestra ayuda.
14/06/2014 00:07
katy ng:
1.- creo que la reparación del sofá le corresponde a Ud., porque por lo que dice todo parece indicar que la rotura se debe al uso normal prolongado en el tiempo.
2.- En cuanto a la retención de la fianza como indemnización, habría que leer el contrato para estar seguros, porque es posible que dada su antiguedad se encuentre en tácita reconducción por períodos mensuales, con lo cual el preaviso sería perfectamente correcto y no tendría Ud. derecho a ninguna indemnización.
14/06/2014 08:32
Como consejo le sugiero que para el próximo contrato de arrendamiento con muebles se cubra en el tema de las reposiciones de mobiliario pues en ocasiones los inquilinos hacen un abuso desmesurado en este tema concreto. Piensan que tienen todo el derecho a que les repogan los muebles cuando ellos lo soliciten por el mero echo de tener un contrato con muebles.
16/06/2014 15:42
Siempre aconsejamos a cualquier propietario que alquile un piso, que cuente con un abogado que le asesore desde el principio para cualquier imprevisto que pudiera pasar, pues a veces es mejor la prevención que la solución y un buen contrato hecho por un experto le costaría muy poco. Es obligación suya pagar la reparación del sofá dado que ha sido por el uso. En cuanto a retener la fianza, no procede dado que al no reparar el sofá ha hecho posible que se pueda acoger el inquilino a dejar justificadamente la vivienda y además con el preaviso legal correspondiente. Creo que su inquilino está bien asesorado. Un saludo
www.tuabogadomurcia.com