Hola, a ver si alguien me puede informar sobre este tema. He trabajado algo mas de un año en una empresa de la cual era tambien socia. La empresa ha cerrado, he hechado el paro, me lo han aprobado y ya lo estoy cobrando,pero en el sae me han comentado que los socio trabajdores no tienen derecho a paro si cumplen alguna de las condiciones que viene el dicha ley y uno de los motivos es ser administrador.Nosotros somos 4 socios y administradores mancomunados. ¿No hay ninguna clausula o pero... para que en caso de que me revisen el paro pueda reclamar lo que en realidad me pertenece? Gracias. (mi gestor esta de vacaciones y no coge el telf.)