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socio desaparecido

3 Comentarios
 
21/11/2011 16:03
Empresite

Los estatutos de la sociedad ¿que dicen sobre lo referente a la transmisión de participaciones entre socios?

El articulo 107.2.b (es igual que el art.29.2.b de la LSL) sólo se tiene en cuenta si los estatutos no regulan la transmisión de participaciones
18/11/2011 10:28
Hola

Gracias por tu respuesta, he leido los articulos que me comentaste, y aun tengo alguna duda, quiero estar totalmente seguro porque este socio tiene como objetivo amargarnos la vida.

Segun el articulo 107 apartado B:
b) La transmisión quedará sometida al consentimiento de la sociedad, que se expresará mediante acuerdo de la Junta General, previa inclusión del asunto en el orden del día, adoptado por la mayoría ordinaria establecida por la ley.

Sus abogados tienen muy mala uva y segun me han dicho el Podria agarrarse a que yo no le he convocado a esa Junta General y por tanto me he aprovechado de mi condicion de administrador para adquirir esas acciones?

otra cuestión :

Tenemos cerrada la inscripcion de documentos en el RM porque como el no firma las cuentas y tampoco no hacemos las auditorias que el pide porque valen un dineral y porque en la Junta de aprovacion de cuentas yo ya le facilito toda la información que el solicita, pero aun asi no las aprueba.
Tendria validez la compra venta de acciones al no poder inscribirlo en el RM ?

Gracias y Saludos

17/11/2011 16:21
Hola

No veo problema alguno, estudia los artículos 106 y 107 de la Ley de Sociedades de Capital.

www.nbconsultores.com
info@nbconsultores.com

Un saludo
Socio desaparecido
17/11/2011 15:51
Buenas Tades

Tenemos una SL entre tres socios al (33,3%), actualmente trabajamos en ella dos de nosotros y la verdad nos va bastante bien, a excepcion de que el tercer socio no para de ponernos palos en las ruedas. Se fue de la sociedad, queria vendernos las acciones por un precio desorbitado, y al decirle que no , nos pone auditorias del RM cada año, Junta general de cuentas ante notario etc, etc, no firma las cuentas de cada año y tenemos un problema.
Mi otro socio tiene problemas economicos y necesita dinero, por lo que yo al llevarme muy bien con el, le quiero comprar su parte de acciones, quedandome yo asi con el 66,6% y a el le parece bien.
Yo soy el administrador, y mi pregunta es:
Lo puedo hacer sin que tengamos que contar con el otro socio "tocapelotas" ?
Yo soy el administrador, asi que segun los estatutos no estoy obligado a comunicarselo al otro socio, pero me han dicho que para hacer toda esta operación debo convocar una Junta General, asi que es inevitable que el otro socio se entere, y la verdad no se que se le podria pasar por la cabeza a este individuo
Pasa algo si lo hacemos mi socio y yo dejando al otro de lado?
Pasa algo si no le convocamos a esa Junta General?

Gracias de antemano