buenas tardes, me encuentro en una situacion muy parecida a la tuya.
En primer lugar decirte que la ley que mencionas ha sido modificada por la del año 2011.
Alguien te ha contestado y aclarado algo al respecto?
gracias.
Buenos días, tengo las siguientes dudas:
En una acción impugnatoria contra los acuerdos adoptados en una asamblea:
1.- Sobre la infracción del derecho de información del socio, ¿qué obligaciones tiene la cooperativa para que este derecho no se lesione?.
2.- Sobre la simultaneidad de la asamblea ordinaria y extraordinaria y el requisito temporal de la primera, ¿se puede hacer?.
3.- ¿que relación tiene la actuación de un gerente y la impugnación de acuerdos?.
A ver si alguien me puede ayudar ya que no veo esto en la Ley 27/1999, de 16 de julio de cooperativas.
Quedo a la espera de sus noticias, gracias y saludos.