Quisiera una orientación sobre la legislacion aplicable a mi caso: se trata de un caso de arrendamiento de local de negocio a una sociedad anonima sometido convencionalmente a la prorroga forzosa cuyo contrato se celebra con posterioridad a la entrada en vigor del Decreto Boyer. En este caso, ¿como puede conseguirse la finalizacion del contrato? ¿la ley qué preve en estos casos, pues aquí no cabe la "muerte" del arrendatario para evitar la duración ilimitada del contrato?. Muchas gracias
Salvo mejor opinión, estos casos en el tramite parlamentario, sí estaban incluidos, fue CIU quien quiso regular este tema pero sus enmiendas fueron rechazadas. No está regulado. Se entiende que si las partes pactaron libremente que la duración sería por x años sometidos a prorrogar forzosa, se deberá respetar la voluntad de las partes.
Saludos.